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  • Sábado 23 de Noviembre de 2024

BICENTENARIO DE CADIZ BICENTENARIO DE CADIZ

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El Consejo editorial de la Cámara de Diputados dispuso en el bicentenario la edición facsimilar de obras fundamentales para el conocimiento de nuestro pasado. Una de ellas fue el Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana sancionado en Apatzingán el 22 de octubre de 1814 y otra la Constitución Política de la Monarquía Española promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812 y en México el 8 de septiembre de ese año.
    La carta gaditana fue de vigencia breve y accidentada; suspendida por el virrey Venegas, volvió a entrar en vigor en 1820 como consecuencia del levantamiento de Riego que obligó a Fernando VII a restablecerla. Aun así, su impacto fue considerable en la evolución de las ideas y en los procesos políticos de una América convulsionada por las guerras insurgentes. Sirvió a un tiempo de antídoto y de estímulo, ya que aceleró la elección de autoridades representativas y contribuyó a gestar una nueva clase política de arraigos provincianos y vocación constitucionalista.
    Tanto Apatzingán como Cádiz son dos vías de recepción de las ideas libertarias que surgieron en 1789. La mexicana proclama la soberanía popular y establece una forma de gobierno democrático con supremacía del poder legislativo. La española cancela un largo período de absolutismo, establece la monarquía constitucional y traslada la soberanía a la nación. Ninguna de las dos es, por cierto, presidencialista.
    Representan el nacimiento del constitucionalismo, entendido como un movimiento político, jurídico e intelectual por las libertades, la secularización del poder, la conquista progresiva de los derechos ciudadanos y reglas explícitas que establezcan límites a la autoridad estatal. También  la “libertad de las naciones”, las cuales podían hacer “todo lo que convenga a su prosperidad y su gloria” como lo reconocieron los diputados de Cádiz. Los orígenes de esta constitución se corresponden con el derrumbe del poderío imperial español por la invasión de las tropas napoleónicas en 1808 y el cautiverio del monarca. Los comuneros de la península se levantaron para reivindicar sus libertades municipales, exigieron la devolución de la soberanía a los pueblos mientras el rey permaneciera prisionero. A decir de Raúl Morodo “la soberanía real abandonada fue asumida por el pueblo, surgiendo la soberanía popular-nacional, que vendría a cristalizar en Cádiz”. Réplica de ese movimiento fue el encabezado en la ciudad de México por el síndico de Ayuntamiento Francisco Primo de Verdad.
    En reacción a los levantamientos el emperador francés comenzó a permear las instituciones españolas a través de un nuevo estatuto jurídico: la Constitución de Bayona. A ella se incorporaron notables españoles deseosos de modernización, pero muchas disposiciones avanzadas fueron frenadas por la iglesia católica y el estamento conservador. Se reconoció la representación política de las colonias en el proceso y el derecho a voz y voto a los diputados de los dominios ultramarinos.
    Al reconstruirse en la diáspora la soberanía española y establecerse el constituyente de Cádiz en 1810 se ensanchó la representación de las colonias integrada por 86 diputados, de los cuales 21eran novohispanos. Fray Servando Teresa de Mier ha reseñado los apasionados debates que los diputados americanos sostuvieron por la defensa de la igualdad entre los dominios ultramarinos y la metrópoli, justo en la época en que  los insurgentes americanos se batían contra los realistas en la intrincada geografíade nuestro continente.
La agenda de las cortes, sobre la que recién escribí un ensayo, incluyó los temas de la soberanía, la igualdad y la ciudadanía como ejes centrales del debate. Para los de acá eran fundamentales las libertades económicas y los derechos de americanos, mestizos oindios para ejercer cualquier cargo.
    La aportación más perdurable fue el empoderamiento de las diputaciones provinciales y la multiplicación de los ayuntamientos, bajo el impulso de distinguidos novohispanos como Miguel Ramos Arizpe.El germen del federalismo mexicano puede encontrarse en el reconocimiento constitucional de las localidades y los regionalismos que hoy cumple doscientos años. La inspiración también de una descentralización democrática.