En 95 años van 400 reformas a la Constitución de Tabasco
Villahermosa, Tab., 05 de abril.- Todo proceso de modificación a la Constitución Local debe iniciar con la publicación previa de la propuesta, que esta sea accesible a los interesados en analizarla y discutirla, después el Congreso debe hacer amplio análisis de las iniciativas e incluso foros temáticos previstos en su ley orgánica considero el abogado Sergio Antonio Reyes Ramos al comentar el contexto del aniversario 95 de la Constitución Tabasqueña del 5 de abril de 1919. La redacción actual– estimo- es absolutamente diferenciada de la original. Ni la numeración de los artículos coincide. Y esto se debe a las frecuentes parches y mutilaciones que ha sufrido el texto constitucional y advierte: “No podemos seguir con el esquema trazado en 1975 cuando en cinco minutos se derogo casi el 50% del articulado histórico de la carta local, sin debate alguno, tal y como ha sucedido recientemente”.
“Si las reformas o adiciones provienen de un grupo de notables, o de tramites exprés, en lo oscurito y se imponen a los demás es imposible alcanzar auténticas normas jurídicocualitativas y lo que se logra son leyes muertas que no se cumplen, ni se exige cumplir, ni hay quien castigue tales incumplimientos” enfatizó el exPresidente del Colegio de Abogados Tabasqueños al comparar que en otros Estados “para reformas de este tipo realizan verdaderas consultas populares” y citó como ejemplo “Veracruz que tardo más de un año en ello”. Al enfatizar que mientras en otras partes un aniversario constitucional es todo un acontecimiento histórico-político aquí pasa inadvertido pues la constitución local es un documento desconocido para la mayoría de la población y por ello es que sufre constantes alteraciones “más de 400 reformas en 95 años no es record meritorio pues la mayoría obedecen a caprichos sexenales, imitaciones extralogicas y ocurrencias que han destruido el legado de los constituyentes tabasqueños de 1919 pese a que las legislaturas posteriores no están facultadas ni legitimadas para derogar parte alguna de su contenido”.