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  • Jueves 05 de Marzo de 2026

Aprueba SCJN petición de Lenia Batres para “afiliarse al ISSSTE”

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La Verdad del Sureste


Ciudad de México, 10 de junio.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este lunes la petición de la Ministra Lenia Batres Guadarrama para ser inscrita al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del Estado (ISSSTE) y renunciar así al seguro de gastos médicos mayores y seguro de vida que el resto de las y los ministros del Poder Judicial tienen acceso.
El pleno de la Suprema Corte avaló la petición de la Ministra a través de una reunión privada previo a la Sesión Pública de la Sala Superior. Ya en el pleno, la solicitud fue aprobada tras una votación de 10 contra uno.
Lenia Batres había denunciado a inicios de este año que la SCJN rechazó su solicitud de inscripción al ISSTE y su reducción salarial, por lo que anunció que tramitaría dichas acciones por otras vías.Finalmente, la SCJN aprobó inscribirme al ISSSTE. pic.twitter.com/iaGfC6HpJB
— Lenia Batres (@LeniaBatres) June 11, 2024
La funcionaria del máximo tribunal del país subió en enero de 2024 el oficio que le fue entregado por la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte donde se señalaban las razones por las que se les negó sus peticiones referentes a su salario y prestaciones una vez que fuera integrada al Pleno de la SCJN.
Sobre su incorporación al ISSSTE, el oficio explicó que las y los ministros de la Suprema Corte no son sujetos de los beneficios del sistema de seguridad social, ni de la prestación de los servicios médicos que brinda dicha institución ya que, al tratarse de miembros del Alto Tibunal, son considerados como “patrones”, por lo que cuentan con un seguro de gastos médicos mayores y seguro de vida.
Además, con respecto a su solicitud de no tener un salario superior al del Presidente de la República, la Suprema Corte tampoco se lo admitió, pues argumentó que, de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dicha instancia está obligada a destinar los recursos presupuestados y aprobados para las remuneraciones de las y los ministros, así como a otros servidores públicos.
En “estricto apego a los tabuladores aprobados” y disposiciones aplicables, la Suprema Corte se encuentra obligada a cumplir la normatividad en materia de servicios personales que lo rige.
Sin embargo, la Ministra Batres argumentó en su publicación que el oficio que le fue entregado no señala la existencia de una nueva Ley de Remuneraciones vigente que establece los parámetros que, según la Suprema Corte, el Poder Legislativo no los había establecido, por lo que aparentemente no podía validarse la aplicación de los artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos a los que aludió la funcionaria para su solicitud.