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La Verdad del Sureste

Da fuerte revés el TEPJF a registro de coalición “Compromiso por Tabasco”

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió por unanimidad revocar el Acuerdo del Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Tabasco


La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a propuesta del Magistrado Presidente Alejandro Luna Ramos, ponente en el expediente SUP-JRC-036/2012, resolvió por unanimidad revocar el Acuerdo del Consejo Estatal del IEPCT
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a propuesta del Magistrado Presidente Alejandro Luna Ramos, ponente en el expediente SUP-JRC-036/2012, resolvió por unanimidad revocar el Acuerdo del Consejo Estatal del IEPCT
VILLAHERMOSA, TABASCO. 14 DE MARZO DE 2012.- En su sesión de este día, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a propuesta del Magistrado Presidente Alejandro Luna Ramos, ponente en el expediente SUPJRC- 036/2012, resolvió por unanimidad revocar el Acuerdo del Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Tabasco, de fecha 25 de enero, en lo que se refiere al otorgamiento del registro del Convenio de Coalición “Compromiso por Tabasco”, formada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, debido a que el PRI no acreditó adecuadamente el cumplimiento del requisito de ley consistente en demostrar que los órganos directivos competentes del PRI aprobaron el convenio de coalición de referencia; ello, en atención a que no presentaron, como era necesario, el original o copia certificada, con firmas autógrafas, del acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional del PRI, sino un simple oficio suscrito por su entonces Presidente, Rubén Moreira, lo cual fue determinado como insuficiente por la Sala Superior. El Juicio de Revisión Constitucional Electoral antes mencionado, fue interpuesto por los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano después de que el Tribunal Electoral de Tabasco había desestimado un primer recurso de apelación presentado por dichos instituto políticos en contra del acuerdo del Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Tabasco (IEPCT) de 25 de enero, cuando se otorgó el registro del Convenio de Coalición “Compromiso por Tabasco”, del PRI, PVEM y PANAL.


Como se recordará, la queja planteada, entre otras causas, se debió a que de manera por demás parcial e inequitativa, el Consejo Estatal del IEPCT y el Tribunal Electoral de Tabasco determinaron negar el registro del Convenio de Coalición “Movimiento Progresista por Tabasco” del PRD, PT y PMC, precisamente porque no se había cumplido de manera adecuada, a su juicio, con la comprobación del requisito de aprobación por parte de los órganos directivos, sobre el convenio de Coalición; por el contrario, en la misma sesión del 25 de enero el Consejo Estatal del IEPCT aprobó sin ningún comentario el Convenio del PRI, PVEM y Nueva Alianza, cuando tampoco el PRI había cumplido con demostrar dicho requisito, lo que fue también validado indebidamente por el Tribunal Electoral de Tabasco. Por tal razón, la sentencia de hoy de la Sala Superior revoca en lo conducente el Acuerdo del Consejo Estatal del IEPCT, y le ordena requerir al PRI para que en un plazo perentorio cumpla adecuadamente con el requisito omitido.


Lo que resulta claro de esta sentencia, a la vista del resolutivo dictado también el día de hoy en el diverso Juicio de Revisión Constitucional Electoral SUP-JRC-41/2012 en el que finalmente se confirmó el registro del Convenio de Coalición “Movimiento Progresista por Tabasco” (PRD, PT y PMC), es que las autoridades electorales de Tabasco; es decir, el Consejo Estatal del IEPCT y el Tribunal Electoral de Tabasco, actuaron de manera totalmente parcial e inequitativa, en favor del PRI y sus aliados, dispensándole del exacto cumplimiento de un requisito de procedencia para su convenio de coalición, mientras que en el caso de la Coalición encabezada por el PRD, resolvieron negarle el registro bajo el pretexto de que había incumplido el mismo requisito que le disculparon al PRI. Ello no hace otra cosa que demostrar la nula confiabilidad que la sociedad tabasqueña y los actores políticos de oposición han venido manifestando en contra de autoridades electorales que, como ha quedado demostrado, actúan por consigna en los casos más relevantes, para favorecer al PRI y sus aliados; y por otro lado, perjudicar a los demás institutos políticos.  

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