Declaración anual empresas 2025 vence este 31 de marzo

La declaración anual empresas 2025 tiene como fecha límite este 31 de marzo. Las personas morales que no han cumplido aún pueden presentarla en línea, pero necesitan e.firma vigente y banca electrónica.


La declaración anual empresas 2025 debe presentarse a más tardar este 31 de marzo, de acuerdo con el recordatorio emitido por el Servicio de Administración Tributaria. El aviso aplica a las personas morales que todavía no cumplen con esta obligación fiscal.

Para las empresas, el efecto práctico es inmediato: si aún no envían la información, este es el último día disponible para hacerlo en línea. El trámite se realiza en el portal oficial del SAT y requiere contar con los accesos y herramientas vigentes para concluirlo.

Qué pide la declaración anual empresas 2025

El SAT informó que la plataforma incluye información precargada para facilitar el llenado. Entre los datos disponibles están los pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio, la PTU pagada, las retenciones efectivamente pagadas y los CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.

También incorpora remanentes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo, entre otros conceptos. Esa información puede ayudar a revisar con mayor rapidez la declaración anual empresas 2025, aunque la responsabilidad del contenido final sigue recayendo en el contribuyente.

Las empresas tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaración anual 2025 en el portal del SAT.

Para enviar la declaración, las empresas deben tener e.firma vigente. Además, si el resultado arroja saldo a cargo, el pago debe hacerse mediante transferencia electrónica a través de bancos autorizados para cobrar contribuciones federales, por lo que también se necesita servicio de banca electrónica.

El SAT indicó que las personas morales que no han cumplido todavía están a tiempo de presentar el trámite en su portal. El insumo no detalla prórrogas ni cambios de fecha, por lo que el plazo informado se mantiene en 31 de marzo como último día para la obligación.

#TomaNota

  • 31 de marzo: último día para que personas morales presenten la declaración anual 2025.
  • El trámite se realiza en el portal del SAT.
  • Se requiere e.firma vigente y, si hay saldo a cargo, banca electrónica para pagar por transferencia.
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