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La Verdad del Sureste

Difunde IEPCT boletín plagado de contradicciones y errores

Atribuye a Castillo declaraciones donde descarta tiempos legales para resolver queja contra Moscoso y luego se desmiente diciendo que “hay plazos dentro de la ley”


El presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Alfonso Castillo Suarez
El presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Alfonso Castillo Suarez
VILLAHERMOSA, TABASCO. 10 DE JUNIO DE 2011. El presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Alfonso Castillo Suarez, descartó que el organismo tenga una fecha límite para resolver la queja que interpuso el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el coordinador de Asuntos Religiosos del gobierno del estado, Máximo Moscoso Pintado, acusado de promover políticamente de manera anticipada a Humberto Mayans Canabal en un evento con religiosos.
    En contraste, más adelante indicó –en un boletín con declaraciones contradictorias- que sí hay plazos legales en los que el organismo tiene que resolver la denuncia, la cual en este momento se está analizando.
    Mientras el sol azteca dijo que el plazo para que el IEPCT diera entrada a la queja o la rechazara vencía ayer, el organismo dejó ver que esta decisión llevará tiempo.
    En un boletín plagado de contradicciones y  errores, como darle a Moscoso Pintado grado de director cuando es coordinador de Asuntos Religiosos del gobierno estatal, se difundieron declaraciones contradictorias del presidente del Instituto Electoral.
    Alfonso Castillo Suárez, consejero presidente de ese organismo, dio a conocer que el área jurídica del IEPCT está analizando a fondo todos los elementos presentados por los denunciantes, sin embargo descartó que exista una fecha límite para emitir un resolutivo, dice el boletín.
    Y luego se enmienda la plana: “Hay plazos dentro de la ley, aunque se tiene que esperar porque debemos estudiar a fondo este asunto y (nos vamos a llevar) el tiempo que se necesite conforme a la ley”, señaló el presidente del Consejo Estatal Electoral, de acuerdo al boletín.
    Sostuvo que la acusación perredista se basa en el artículo 335 de la Ley Electoral del Estado de Tabasco, en el cual se mencionan tres elementos principales: Que infrinjan lo establecido en el artículo 134 párrafo 7° de la Constitución Federal y 73 de la Constitución Local, que contravengan las normas sobre la propaganda política o electoral o que constituyan actos anticipados de precampaña o campaña.
    Destacó que no existen retrasos en la resolución de esta queja y remarcó: “Nosotros siempre vamos a actuar conforme a lo que señala la ley electoral, vamos a actuar con responsabilidad  como lo hemos hecho en los demás casos,  tan es así que esos proyectos de acuerdos o resoluciones que han sido impugnados, han sido ratificados por los tribunales electorales”.
    Sin embargo, esta semana, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló distinto y obligó al IEPCT a abrir procedimiento especial sancionador contra Mayans Canabal.

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