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  • Martes 03 de Marzo de 2026

Esquivel, Ortiz y Batres rechazan paro en SCJN

Las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama, se pronuncian en contra de la decisión del máximo Tribunal de sumarse al paro de labores del PJF; negarse a cumplir con su labor constitucional provocaría su destitución del cargo, señalan

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La Verdad del Sureste


Ciudad de México, 03 de septiembre de 2024.- Las ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama, se pronunciaron este martes en contra de la decisión del Pleno del máximo Tribunal de sumarse al paro de labores del Poder Judicial de la Federación (PJF), pues explicaron que negarse a cumplir con su labor constitucional podría provocar su destitución del cargo.
“Las suscritas nos manifestamos de manera enérgica en contra de la suspensión de labores. Es nuestra responsabilidad constitucional ejercer el cargo de Ministras y prestar el servicio público de impartición de justicia”, expresaron en un comunicado.
La Suprema Corte decidió este martes, con ocho votos a favor y tres en contra, sumarse al cese de trabajo como una forma protestar en contra de la reforma del Presidente Andrés Manuel López Obrador, que se discutirá esta tarde en una sede alterna de la Cámara de Diputados
Las ministras indicaron que el Artículo 109, Fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que procederá la imposición —mediante juicio político— de la destitución del cargo e inhabilitación para desempeñar cualquier otra función en el servicio público, a las ministras o ministros (entre otros servidores públicos) que en el ejercicio de sus funciones, “incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”.
Por otro lado, afirmaron que el Artículo 110, Fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación SCJN, establece de manera clara que no pueden sumarse a dicho paro: “Los ministros no podrán dejar de desempeñar las funciones que les son a su cargo”.
“No está prevista la figura del paro de labores a nivel constitucional ni legal para los titulares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es decir, mediante un acuerdo de las Ministras y Ministros”, señalaron.
En su pronunciamiento, las ministras insistieron que el personal de confianza no puede ni siquiera acudir a huelga, lo cual incluso está previsto en múltiples criterios sostenidos por la propia SCJN, como la jurisprudencia 118/2016, de la Segunda Sala.
“Por mayor razón, los titulares del máximo órgano de impartición de justicia, como las y los Ministros de esta Corte, no podemos suspender la prestación del servicio público que nos ha encomendado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, declararon.
Además, sostuvieron que el Código Penal Federal establece como delitos por hechos de corrupción la omisión de proporcionar el servicio público que nos corresponde (artículo 215), o recibir el pago indebido de remuneraciones sin tener derecho a ello (Artículo 217), “por lo que, en todo caso, los que votaron el paro debieron haber determinado dejar de percibir las remuneraciones que tienen como Ministras o Ministros”.
“La SCJN es la cabeza del Poder Judicial de la Federación y el máximo tribunal de nuestro país.
Las y los servidores públicos que la integramos tenemos el imprescindible encomienda y obligación de impartir y garantizar el acceso a la justicia a todo el pueblo mexicano”, sentenciaron.
Las ministras también indicaron que tras declararse el paro propusieron continuar sesionando a distancia, pues cuentan con una lista de 28 proyectos distribuidos en el Pleno y en las salas de la SCJN que suman más de 200 asuntos.