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La Verdad del Sureste

Hay beneficos en la Ley de Migracion, pero aún carece de reglamento : Tosca


Hay beneficos en la Ley de Migracion,  pero aún carece de reglamento : Tosca
El dejar establecido que las personas y organizaciones de la sociedad civil protectores de los migrantes no sean criminalizados y el que ningún  elemento de seguridad, que no sean los del Instituto Nacional de Migración, intervengan en el aseguramiento de indocumentados extranjeros, serían los beneficios principales de la  Ley de Migración.

    Sostiene la doctora en Derecho y profesora investigadora de la División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, Guadalupe Vautravers Tosca, en entrevista al respecto.

   Las bondades de la primera  Ley de Migración de México –publicada  el 25 de mayo del 2011 en el Diario Oficial de la Federación- son muchas afirma la especialista en migración.

    Sin embargo, al ser cuestionada de las lagunas existentes en materia de migración, la doctora Vautravers Tosca, menciona en primer lugar que dicha ley, aun carece de reglamento

    De las ventajas, resalta que con esa ley, las personas o las organizaciones civiles que en México protegen a los migrantes ya no podrán ser criminalizados.

     Esas personas son, sobre todo las que tiene a cargo casa para migrantes o refugios temporales que sostiene sobre todo la Iglesia Católica, en las que se proporciona albergue temporal, comida,  atención médica y medicinas, a los cuales muchas e injustamente se les ha acusado de traficar con personas.

   Ahora la Ley de Migración establece que las personas de reconocida solvencia moral que presten auxilio a los migrantes en tránsito por nuestro país, serán respetadas y no serán consideradas delincuentes.

    En cambio serán penalmente castigadas las personas que trasladan migrantes por cantidades -según investigaciones que he hecho, por cantidades que oscilan entre 2 mil y 3 mil pesos, solo por pasarlos a territorio mexicano- o los llevan a casas de seguridad para que no los detecten las autoridades y puedan ellos extorsionarlos.
    Otro logro de la Ley de Migración, es el que ha mencionado el Comité de Derechos Humanos de Tabasco en reciente trabajo de investigación, porque establece que nadie más que los agentes del INM podrán exigir documentación a las personas de las que sospeche son extranjeros. Es decir, afirma la doctora Vautravers, el INM ya no podrá solicitar el auxilio de elementos de las policías municipales, estatales y federales, ni de militares ni marinos, como en el pasado

    Hasta hace poco tiempo, a lo mejor todavía, menciona la investigadora de la UJAT, muchas veces personas que podrían ser hasta elementos de seguridad privada o del crimen organizado, se ponían un uniforme azul, para extorsionar a los migrantes centroamericanos en Tenosique o Balancán.

    La nueva ley incluye también términos más sutiles, afirma, por ejemplo para referirse a los centros de aseguramiento, ahora los nombra albergues y ahora al proceso de repatriación se le denomina proceso administrativo. Desde mi perspectiva, sostiene, otro elemento positivo, es que el personal del INM tendrá que someterse a capacitación y deberá crear un Centro de Evaluación del mismo.

    El INM a partir de la promulgación de la ley, no podrá contratar a personas que antes hayan formado parte de la corporación de este instituto o de corporaciones policíacas.
     Menciona que una práctica común dentro del INM es que cuando hay denuncias por violaciones a los derechos humanos, la cabeza de ese instituto, lo que ha hecho es remover a los delegados de este, no a quienes han cometido esas violaciones.

     El cónsul de Guatemala que reside en Tenosique, me comentó
 -menciona la catedrática- que incluso son intimidados, interrogados y hasta detenidos, jóvenes estudiantes que constantemente llegan a ese municipio para jugar futbol o a la UJAT, con sus permisos respectivos

    Otra de las situaciones que el diplomático guatemalteco dijo, comúnmente se presenta y seguramente seguirá presentándose, es que aún siendo salvadoreños, hondureños o nicaragüenses, todos los migrantes asegurados, se declaran guatemaltecos para que no los deporten hasta sus países de origen y puedan intentar cruzar la frontera mexicana de nuevo.

    Por ello una labor que ha asumido el cónsul de Guatemala es, hablar con los migrantes, y detectar el acento de cada uno de ellos para detectar si en realidad son sus paisanos, lo cual resulta es triste y lamentable para los otros migrantes, expresó.

    -¿Cree usted que ya no estén interviniendo en el aseguramiento de migrantes elementos de otros cuerpos policiales? Se le preguntó

     Lo que se, responde Vautravers Tosca, es que ya se les está informando a todos los directores de seguridad pública municipal y estatal.

    Por mi parte tengo fe en que nuestras autoridades y paisanos, lo hagan, porque es lamentable y vergonzoso, saber que son mexicanos los que extorsionan, secuestran y violan a los migrantes.

     En un documental de Amnistía Internacional, refiere la investigadora,  una defensora de los derechos de derechos humanos de Chiapas, mencionó que las mujeres transmigrantes dicen: “si no te violaron es que no pasaste por México”. Cuando escuche eso me avergoncé de ser mexicana, expresa la catedrática.  Desde el  punto de vista, de la investigadora, uno de los problemas que presenta la ley es que aún no está reglamentada.

    Falta establecer los mecanismos para la profesionalización y capacitación del personal del Instituto Nacional de Migración, en la Ley se establece que para mantenerse dentro del INM, los servidores públicos deberán someterse a un proceso de certificación. Para eso, dice, fue creado el Centro de Evaluación, sin embargo es el reglamento el que deberá establecer el procedimiento.

    El reglamento deberá establecer los requisitos para la contratación de personal, porque muchos de los servidores públicos han sido cesados a consecuencia de quejas y denuncias en su contra, en especial por la violación a los derechos humanos de los migrantes.

    El reglamento deberá dejar claro, cuáles serán las funciones de los agentes del INM, porque es de humanos, que una persona con autoridad y un arma, se transforma, se vuelve autoritaria, es lo que sucede con los elementos de ese instituto, dice.

     Cuando van tras los migrantes, estos corren y ellos se molestan, luego los golpean y a veces hasta disparan.

      El capítulo segundo de la ley se refiere a la profesionalización y certificación del personal del INM, todos ellos estarán obligados a someterse a un proceso de certificación, en términos del artículo 96 de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública.

    Eso significa, explica, que los agentes del INM estarán obligados a cumplir con los perfiles de personalidad, ética, situación socioeconómica y  médicos, exigidos para el ejercicio de sus funciones, los procedimientos de ingreso, promoción  y permanencia.

     El INM tendrá que abrir también un procedimiento de restitución internacional, es decir, cumplir con todos los tratados y convenios internacionales.

     En Tenosique, mencionó, el INM construyó y está en funcionamiento un albergue para migrantes menores, que son niños y adolescentes que viajan solos, muchos de los cuales ya no quieren regresar a sus lugares de origen o los más pequeños no saben proporcionar los lugares de donde vienen.

     En cuanto a ellos, falta aclarar muy bien cuál será su situación, porque, por el momento solo se atiende el problema a través de los cónsules.

    - El Codehutab y otras organizaciones civiles opinan que el INM debe desaparecer ¿Cuál es su opinión al respecto? Esa es una opinión que también he escuchado del padre Alejandor Solalinde, responsable de la Pastoral de Movilidad Humana en la región sureste, debido al cúmulo de violaciones  que se comenten en contra de los migrantes centroamericanos en esta zona de México.

    Acusan a los agentes del INM de estar coludidos con el crimen organizado, mi punto de vista es que si desaparece el INM, tendrá que crearse otra institución que se encargue de estas tareas y de todos los tratados internacionales sobre derechos humanos de los migrantes.

      Entre ellos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional sobre la Protección de los Trabajadores Migratorios y sus familiares, entre otros. Esta última se refiere a la inmigración legal y establece que todos los trabajadores que pretendan laborar en un país diferente al de su origen, necesitan la documentación migratoria y laboral correspondiente, y la  Ley de Migración está en la misma tónica.
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