
El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) declaró por unanimidad la inexistencia de propaganda gubernamental indebida atribuida al gobernador Javier May Rodríguez. La resolución concluyó que no se configuró el uso indebido de recursos públicos ni promoción personalizada en la difusión de sus informes.
La decisión se dio en cumplimiento a una sentencia de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), derivada de un recurso interpuesto por el PRD de Tabasco. El partido argumentó que los informes trimestrales del mandatario vulneraban la equidad y se utilizaban para promover su imagen personal.
Vladimir Hernández Venegas, consejero electoral del IEPCT, subrayó que las determinaciones del organismo son independientes y ajenas a cualquier presión externa. Explicó que el dictamen fue elaborado con base en la normativa vigente y en el artículo 134 constitucional, el cual establece las disposiciones en materia de propaganda gubernamental.
“El IEPCT resolvió que los informes del gobernador no constituyen propaganda indebida ni promoción personalizada.”
Asimismo, precisó que la Sala Xalapa no ordenó sanción alguna contra el Ejecutivo estatal, sino únicamente la fundamentación y modificación del resolutivo inicial. Tras la revisión, los consejeros confirmaron que no se vulnera la equidad en la contienda ni se configura promoción personalizada en los informes del gobernador.
De esta manera, el IEPCT dio cumplimiento a la sentencia del TEPJF en el juicio general SX-JG-93/2025, desechando nuevamente los señalamientos del PRD.