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La Verdad del Sureste

Injusto quitar pena de cárcel a quien incumpla con obligaciones familiares


La reforma propuesta por el Ejecutivo y el Poder Judicial al artículo 27 penal, para derogar del Código Penal la pena de cárcel para quien cometa el delito de incumplimiento de las obligaciones familiares, es injusta, “pretende dejar en estado de indefensión a los acreedores alimenticios”, sostuvo la diputada Lorena Méndez Denis. Al exponer su posicionamiento ante el pleno en la última sesión legislativa de esta semana, la presidenta de la Comisión de Equidad y Género, dijo que la iniciativa no fue enviada a dicha comisión, aún cuando es una reforma que atañe, sobre todo a las mujeres y las familias.
    Desde ahí, dijo, se pone en evidencia que no se tiene la sensibilidad para entender que una medida de tal trascendencia, no puede ser vista solamente desde la óptica legaloide y que sus promotores quieren desviar nuestra atención de varios aspectos que nos parecen delicados: En primer lugar nos dicen que con la reforma, los deudores alimentarios podrán salir de la cárcel en el momento en que se pongan al corriente con sus obligaciones, cuando eso ya ocurre en la actualidad, debido a que contamos con un sistema judicial tan imperfecto, que una cosa es lo que dice la norma y otra cosa es lo que acontece en la realidad. El Código Penal de Tabasco actual en su artículo 27 referente al delito de incumplimiento de las obligaciones familiares, explicó la legisladora,  se agrava cuando no se acata una   resolución judicial, situación que conlleva a catalogar tal conducta como un delito calificado (grave), con lo cual, se supone, la autoridad está obligada a negar el derecho al beneficio de la libertad provisional y a continuar de oficio el procedimiento penal. La realidad es que basta con que el  inculpado se ponga al día con las pensiones alimenticias que adeuda, para que obtenga el beneficio de ser liberado.
    La propuesta es una reforma “injusta”, sostuvo Lorena Méndez,  que de aprobarse, cuando ocurra el incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, la parte agraviada –mujeres en su mayoría- tendrá forzosamente que interponer querella para que la autoridad actúe. Con esto podríamos anticipar que, por temor a represalias de cualquier índole, serán pocas las mujeres que acudirían a interponer una demanda de pensión alimenticia, como se le llama popularmente.
    Recordemos que Tabasco es una de las entidades con más altos índices de violencia hacia las mujeres, situación que podría recrudecerse cuando un marido violento se sienta ofendido porque se le reclama que cumpla con sus obligaciones. Hizo notar a los demás legisladores que tanto el poder ejecutivo como el judicial, pretenden que se apruebe una reforma que va en sentido muy distinto a la tendencia a nivel nacional. Hace apenas unos meses, mencionó, en el Distrito Federal por unanimidad, la Asamblea Legislativa aprobó modificaciones al Código de Procedimientos Civiles, Código Civil y Código Penal del Distrito Federal, para establecer que los padres que se nieguen a pagar la pensión alimenticia de sus hijos, cuando exista ya una resolución de un juez, serán sancionados con entre 3 y 5 años de prisión.  Los asambleístas capitalinos, destacó, fueron más allá y legislaron para la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Distri    to Federal, en el que se inscribirá a las personas que hayan dejado de cumplir por más de 90 días con esta obligación económica hacia sus hijos.
    En base a lo expuesto, la legisladora perredista hizo un atento llamado a los integrantes de la legislatura local actual,  a reflexionar  antes de votar a favor de una reforma tan cuestionada, que no goza del respaldo de la población.
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