Proponen tipificar el feminicidio infantil con penas de hasta 80 años en México
Una iniciativa legislativa presentada en la Cámara de Diputados propone tipificar el feminicidio infantil como delito específico en México, con penas de hasta 80 años de prisión y carácter imprescriptible.
El diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), presentó ante la Cámara de Diputados la llamada "Ley Fátima Quintana", una iniciativa que busca tipificar el feminicidio infantil como delito autónomo en el Código Penal Federal y establecer penas de entre 60 y 80 años de prisión para quien prive de la vida, por razones de género, a una mujer menor de 18 años. La propuesta fue turnada a comisiones para su análisis.
La iniciativa plantea también una multa de mil a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) y prohíbe expresamente que los sentenciados por este delito accedan a cualquier beneficio durante la ejecución de la pena. El proyecto reforma, además, la Ley Nacional de Ejecución Penal y la Ley General de Víctimas.
Un delito sin prescripción y sin beneficios penitenciarios
Uno de los elementos centrales de la propuesta es que el feminicidio infantil sería imprescriptible, tanto en la acción penal como en la pena. Esto significa que el transcurso del tiempo no impediría que las autoridades investiguen ni sancionen el delito, sin importar cuándo se inicie o retome el proceso.
La iniciativa enumera los beneficios a los que los condenados no podrían acceder:
- Reducción de pena
- Libertad anticipada
- Preliberación
- Sustitución de la pena
- Libertad condicionada
- Amnistía
Para determinar si un homicidio ocurrió por razones de género, se aplicarían los criterios ya establecidos en el artículo 325 del Código Penal Federal, que regula actualmente el feminicidio en adultas.
Reparación integral para las familias
La propuesta modifica la Ley General de Víctimas para incluir el feminicidio infantil entre los delitos que ameritan protección especial para las familias de las víctimas, a quienes reconoce como víctimas indirectas. El órgano jurisdiccional quedaría obligado a condenar al responsable al pago de la reparación integral del daño, bajo los estándares interamericanos que contemplan restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.
Este enfoque retoma un precedente fijado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el amparo directo en revisión 5363/2023, resuelto una década después del caso que da nombre a la ley. En esa resolución, la Corte reconoció a los padres de Fátima Varinia Quintana Gutiérrez como víctimas indirectas, ordenó una reparación integral sin tope máximo de indemnización y estableció que debían considerarse tanto las afectaciones materiales como las inmateriales.
El caso que da nombre a la iniciativa
Entre 2015 y junio de 2025 se registraron 850 feminicidios de niñas y adolescentes de 0 a 17 años en México, según el SESNSP y REDIM.
Fátima Varinia Quintana Gutiérrez tenía 12 años cuando fue secuestrada, agredida sexualmente y asesinada en 2015 en el municipio de Lerma, Estado de México, según la exposición de motivos de la iniciativa. Tres vecinos fueron señalados como responsables. Su caso se convirtió en referente de las deficiencias que enfrentan las familias de niñas víctimas durante los procesos de justicia y de la lucha por el reconocimiento de sus derechos.
850 feminicidios de niñas en una década
La violencia feminicida contra menores de edad tiene dimensión estadística documentada. De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) recopiladas por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), entre 2015 y junio de 2025 se registraron 850 feminicidios de mujeres de entre 0 y 17 años en el país. El Estado de México concentró 140 de esos casos, seguido por Veracruz con 67 y Jalisco con 62; en conjunto, esas tres entidades acumularon alrededor de tres de cada 10 casos del periodo.
Solo en 2025, REDIM reportó 63 feminicidios de niñas y adolescentes, frente a 79 en 2024. Aunque la cifra disminuyó respecto al año anterior, el ritmo equivale a aproximadamente un caso cada cinco días y medio. El SESNSP aclara que sus registros provienen de las carpetas de investigación iniciadas por las fiscalías y procuradurías de las 32 entidades, por lo que reflejan casos clasificados bajo esa figura delictiva.
Tabasco figura entre las entidades con casos documentados: en febrero de 2026, la Fiscalía General del Estado informó sobre la investigación por el feminicidio de una niña de ocho años cuya escena había sido manipulada para aparentar un suicidio; los dictámenes determinaron muerte por asfixia e indicios de violencia sexual, y dos personas fueron imputadas y enviadas a prisión preventiva.
La iniciativa permanece en comisiones de la Cámara de Diputados. Su aprobación, rechazo o modificación dependerá del proceso legislativo ordinario, sin que se haya informado una fecha de dictamen.
#TomaNota
- Pena propuesta: entre 60 y 80 años de prisión por feminicidio infantil
- Multa: de mil a cinco mil UMA
- El delito sería imprescriptible en acción penal y en pena
- La iniciativa fue turnada a comisiones; no se informó fecha de dictamen