Los tres Poderes deberían de evitar “vía crucis” mujeres para buscar pago de pensiones para sus hijos
En lugar de aprobar una iniciativa que despenaliza el delito de omisión de pago de pensión alimenticia
En lugar de aprobar una iniciativa que despenaliza el delito de omisión de pago de pensión alimenticia, los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, deberían proponer medidas legales para evitar exponer a las mujeres un verdadero “vía crucis”, para obligar a los padres de sus hijos a cumplir con sus obligaciones.
Planteó la abogada, María Guadalupe Torruco Cadena, integrante de la agrupación Voz de la Tierra del municipio de Cárdenas, luego de manifestar su rechazo a la posibilidad de que se apruebe la iniciativa, actualmente en la Cámara de Diputados, para que se despenalice el delito de incumplimiento del pago de pensión alimenticia para los hijos de una pareja.
Afirmó que, aún cuando el incumplimiento del pago de pensión alimenticia todavía se encuentra en el Código Penal, es muy problemático para las mujeres, lograr una sentencia en ese sentido.
Se le exigen testigos, actas de nacimiento de los hijos, entre otros requisitos que representan para ellas, dar muchas vueltas y erogar gastos cuando generalmente no dispone de ingresos. Así como en el caso de las violaciones sexuales, con lo que declaran las mujeres deberían integrarse la averiguación previa y así como esos juicios son especiales, que los delitos en materia alimentaria también deberían ser especiales para que la ley sea pronta y expedita y cumpla con su función.
Porque sucede que para que se integre una averiguación previa en relación a ese delito, afirmó, pasan 4 ó 5 meses, y si la mujer reclamó la pensión de los meses de enero a junio, aunque la demanda se resuelva hasta diciembre, esos otros seis meses no se le pagan, porque solo reclamó los primeros seis meses. Para que le paguen el resto, tiene que poner otra denuncia, bajo el argumento de que solo reclamó los primeros seis meses, “y mientras los hijos qué comen”, planteó. La peregrinación de las mujeres por las agencias del Ministerio Público, para reclamar la pensión alimentaria es un verdadero suplicio, un penar, sostuvo.
Otro problema que enfrentan las mujeres para obtener una pensión alimenticia acorde al salarios de los esposos que se niegan a pagarla, dijo, es que, cuando es empleado de cualquier negocio, es común que los propietarios de estos, los tengan registrados con el salario mínimo, cuando muchas veces ganan más.
En esos casos, la pensión que se asigna se calcula en base al salario mínimo, una miseria, aún cuando las mujeres aleguen que saben que el salario del padre incumplido es mayor, porque voluntariamente le ha dado más.
En esos casos nos sale el “tiro por la culata”, la pensión va para abajo, porque los jueces responden que no pueden obligarlo a que pague más, porque no se acredita un salario mayor. El salario, según la Ley Federal del Trabajo, explicó la abogada Torruco, se integra con prestaciones, gratificaciones, dádivas, bonos, entre otros, pero como eso muchas veces no viene registrado en el comprobante oficial, no cuenta para los jueces. Como no hay manera de entrar a las finanzas de las instituciones o dependencias de gobierno, ni a las de la iniciativa privada, las mujeres y las abogadas y abogados no podemos hacer nada. “nos damos un palmo en la nariz”.
Los grupos defensores de los derechos de las mujeres y los y las abogadas tenemos que analizar, estudiar bien que es lo que hay que hacer porque hay muchos problemas, agregó.
Planteó la abogada, María Guadalupe Torruco Cadena, integrante de la agrupación Voz de la Tierra del municipio de Cárdenas, luego de manifestar su rechazo a la posibilidad de que se apruebe la iniciativa, actualmente en la Cámara de Diputados, para que se despenalice el delito de incumplimiento del pago de pensión alimenticia para los hijos de una pareja.
Afirmó que, aún cuando el incumplimiento del pago de pensión alimenticia todavía se encuentra en el Código Penal, es muy problemático para las mujeres, lograr una sentencia en ese sentido.
Se le exigen testigos, actas de nacimiento de los hijos, entre otros requisitos que representan para ellas, dar muchas vueltas y erogar gastos cuando generalmente no dispone de ingresos. Así como en el caso de las violaciones sexuales, con lo que declaran las mujeres deberían integrarse la averiguación previa y así como esos juicios son especiales, que los delitos en materia alimentaria también deberían ser especiales para que la ley sea pronta y expedita y cumpla con su función.
Porque sucede que para que se integre una averiguación previa en relación a ese delito, afirmó, pasan 4 ó 5 meses, y si la mujer reclamó la pensión de los meses de enero a junio, aunque la demanda se resuelva hasta diciembre, esos otros seis meses no se le pagan, porque solo reclamó los primeros seis meses. Para que le paguen el resto, tiene que poner otra denuncia, bajo el argumento de que solo reclamó los primeros seis meses, “y mientras los hijos qué comen”, planteó. La peregrinación de las mujeres por las agencias del Ministerio Público, para reclamar la pensión alimentaria es un verdadero suplicio, un penar, sostuvo.
Otro problema que enfrentan las mujeres para obtener una pensión alimenticia acorde al salarios de los esposos que se niegan a pagarla, dijo, es que, cuando es empleado de cualquier negocio, es común que los propietarios de estos, los tengan registrados con el salario mínimo, cuando muchas veces ganan más.
En esos casos, la pensión que se asigna se calcula en base al salario mínimo, una miseria, aún cuando las mujeres aleguen que saben que el salario del padre incumplido es mayor, porque voluntariamente le ha dado más.
En esos casos nos sale el “tiro por la culata”, la pensión va para abajo, porque los jueces responden que no pueden obligarlo a que pague más, porque no se acredita un salario mayor. El salario, según la Ley Federal del Trabajo, explicó la abogada Torruco, se integra con prestaciones, gratificaciones, dádivas, bonos, entre otros, pero como eso muchas veces no viene registrado en el comprobante oficial, no cuenta para los jueces. Como no hay manera de entrar a las finanzas de las instituciones o dependencias de gobierno, ni a las de la iniciativa privada, las mujeres y las abogadas y abogados no podemos hacer nada. “nos damos un palmo en la nariz”.
Los grupos defensores de los derechos de las mujeres y los y las abogadas tenemos que analizar, estudiar bien que es lo que hay que hacer porque hay muchos problemas, agregó.