MEMORIA TABASQUEÑA
LA CONSTITUCIÓN DE 1917
(Miembro de la Academia de Historia y Ciencias sociales de la UJAT)
En un contexto internacional, de crisis del capitalismo en su fase imperialista, en plena Primera Guerra Mundial y mientras el anarquismo y el socialismo encabezaban la lucha contra el modelo de desarrollo implantado por el liberalismo; en pleno avance de los soviets, en los albores de la Revolución Rusa de octubre. En México, el 31 de enero de 1917 es jurada y protestada la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en la ciudad de Querétaro.
Mientras, en los últimos 8 meses, el país se encontraba aun en lucha armada porque Zapata controlaba el estado de Morelos y Cuernavaca; Félix Díaz estaba levantado en armas y controlaba parte de Oaxaca; y aunque Pancho Villa andaba huyendo, sus seguidores controlaban parte de Chihuahua, Coahuila y Durango. En ese mismo contexto, México se encontraba invadido por los norteamericanos en la llamada Expedición Punitiva. Y los trabajadores que estaban aglutinados en la Casa del Obrero Mundial, traicionados por Carranza, eran perseguidos, encarcelados y hasta asesinados.
Por lo anterior, es importante decir que: la Constitución fue discutida y aprobada por la hegemonía que tenía Carranza y el Ejército Constitucionalista. También, que los grupos que iniciaron la revolución en contra de la dictadura de Porfirio Díaz, en oposición al traidor de Huerta y su golpe de Estado: zapatistas, villistas, obreros, campesinos y mujeres -que habían realizado la Convención de Aguascalientes-, fueron excluidos del Constituyente del 17.
Sobre el contenido de la Constitución, hay que decir que el propósito de Carranza no fue hacer una nueva Constitución sino solo reformar la Constitución de 1857, pero dado el interés, conciencia y compromiso político y revolucionario de Mújica, José Natividad Macías, Rojas, Jara, Martínez de Escobar y otros, gran parte del proyecto de Carranza fue rechazado y modificado. Por ello, la constitución que se promulga el 5 de febrero de 1917, tiene un contenido social y político que incluye las demandas de los sectores populares; esos grupos que el carrancismo excluyó del Constituyente de Querétaro.
La Constitución de 1917, no cambió el modelo de desarrollo del país, tampoco cambió el sistema político mexicano; se elaboró para reconstruir el país, para refuncionalizarlo desde la lógica del liberalismo y el capitalismo, para sacarlo de la dinámica e inercias de los enfrentamientos políticos y armados; para sentar las bases de un nuevo desarrollo nacional, fincado en un nuevo pacto político que definiera una nueva estructura de regulación social, que reconstruyera el funcionamiento de los poderes y las instituciones, desde una perspectiva nacionalista. Contiene una parte política y aporta e innova en su contenido social, que queda plasmado en los artículos: 3, 27, 123 y 130; además de incluir las garantías constitucionales, que ya venían de la Constitución de 1857.
Es una Constitución, que hay que estudiarla en relación de la dinámica histórica de México, porque de las relaciones sociales y políticas posteriores, dependió su aplicación y sus reformas. La Constitución de 1917, se modificó a través de la historia de México y, en el contexto del neoliberalismo, sufrió cambios en los que la soberanía nacional se puso en riesgo, porque los gobiernos del PRI y del PAN la reformaron y le permitieron a compañías, grupos e intereses privados, intervenir en sectores económicos estratégicos para el desarrollo nacional. La reformaron para beneficiar a las élites extranjeras y nacionales, en perjuicio de los sectores populares y más pobres.
Por esa razón, actualmente la Cuarta transformación ha realizado reformas constitucionales, para regresarle su contenido social y, está proponiendo nuevas reformas para que la corrupción, la impunidad y la injusticia social, dejen de ser fenómenos que definan el presente del país. Especial atención debemos prestar a la reforma energética y a la reforma electoral, porque son estratégicas para el desarrollo económico y político del país.