Perdona TEPJF a Xóchitl por usar emblema de INE
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Xóchitl Gálvez Ruíz, candidata presidencial del PRI, PAN y PRD, no cometió ningún delito electoral pese a haber usado el emblema del Instituto Nacional Electoral (INE) para su campaña presidencial.
Con dos votos contra uno, la Sala Especializada del Tribunal Electoral tomó esta decisión, pese a que el pasado 27 de marzo pasado, la candidata presidencial del PRI-PAN-PRD usó los logos del INE para solicitarle emprender una campaña de difusión sobre los programas sociales.
En su petición, Gálvez publicó imágenes con frases como “recomendación” usando los logos del INE, lo que a decir de la Consejera Presidenta del órgano electoral, podría generar confusión en al ciudadanía.
A raíz de esto, Morena exigió al Instituto, a través de diversas vías, obligarla a borrar el tuit y sancionarla por usar el emblema.
Sin embargo, la Comisión de Quejas del INE, determinó improcedente la queja de los morenistas, con el argumento de que el mensaje ya había sido borrado de sus redes, pero exigió a la panista no utilizar el emblema, pues es ilegal, además de dañar la imagen del organismo.
En cuanto a la Sala Especializada del TEPJF, determinó que el propósito de la publicación de Gálvez no fue “promoverse electoralmente”, sino informar sobre la solicitud al INE para generar una campaña de difusión relacionada al uso de programas sociales con fines electorales.
“Si bien en la publicación aparece la imagen de cuatro espectaculares que contienen cada uno de ellos el logotipo del INE, debe entenderse que estas son imágenes ilustrativas que pretendían servir de ejemplo o sugerencia al INE sobre la forma en que la campaña de difusión pudiera materializarse”, argumentaron los magistrados.
Asimismo, aseguraron que la publicación cuenta con elementos “semánticos y contextuales” para que le gente pudiera “inferir la intención de la publicación”. A lo que refirieron que la publicación está amparada en la “libertad de expresión”.
“No se actualiza la vulneración a las reglas de propaganda ni transgresiona [sic.] los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda que los denunciantes atribuyen a Xóchitl Gálvez”, remató.
Luis Espíndola, presidente la sala y único miembro que votó en contra de “perdonar” a Gálvez, argumentó que no se trató de una publicación neutral, y que por el contrario de lo dicho por sus colegas, sí genera desinformación.
“Es fundamental preguntarnos si es válido que en pleno proceso electoral se emplee el logotipo del INE, esto es, el logotipo del árbitro electoral. No encuentro razones aceptables que justifiquen este actuar. Desde mi perspectiva, se simuló una comunicación institucional y ello generó confusión en el electorado”, dijo.
Con dos votos contra uno, la Sala Especializada del Tribunal Electoral tomó esta decisión, pese a que el pasado 27 de marzo pasado, la candidata presidencial del PRI-PAN-PRD usó los logos del INE para solicitarle emprender una campaña de difusión sobre los programas sociales.
En su petición, Gálvez publicó imágenes con frases como “recomendación” usando los logos del INE, lo que a decir de la Consejera Presidenta del órgano electoral, podría generar confusión en al ciudadanía.
A raíz de esto, Morena exigió al Instituto, a través de diversas vías, obligarla a borrar el tuit y sancionarla por usar el emblema.
Sin embargo, la Comisión de Quejas del INE, determinó improcedente la queja de los morenistas, con el argumento de que el mensaje ya había sido borrado de sus redes, pero exigió a la panista no utilizar el emblema, pues es ilegal, además de dañar la imagen del organismo.
En cuanto a la Sala Especializada del TEPJF, determinó que el propósito de la publicación de Gálvez no fue “promoverse electoralmente”, sino informar sobre la solicitud al INE para generar una campaña de difusión relacionada al uso de programas sociales con fines electorales.
“Si bien en la publicación aparece la imagen de cuatro espectaculares que contienen cada uno de ellos el logotipo del INE, debe entenderse que estas son imágenes ilustrativas que pretendían servir de ejemplo o sugerencia al INE sobre la forma en que la campaña de difusión pudiera materializarse”, argumentaron los magistrados.
Asimismo, aseguraron que la publicación cuenta con elementos “semánticos y contextuales” para que le gente pudiera “inferir la intención de la publicación”. A lo que refirieron que la publicación está amparada en la “libertad de expresión”.
“No se actualiza la vulneración a las reglas de propaganda ni transgresiona [sic.] los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda que los denunciantes atribuyen a Xóchitl Gálvez”, remató.
Luis Espíndola, presidente la sala y único miembro que votó en contra de “perdonar” a Gálvez, argumentó que no se trató de una publicación neutral, y que por el contrario de lo dicho por sus colegas, sí genera desinformación.
“Es fundamental preguntarnos si es válido que en pleno proceso electoral se emplee el logotipo del INE, esto es, el logotipo del árbitro electoral. No encuentro razones aceptables que justifiquen este actuar. Desde mi perspectiva, se simuló una comunicación institucional y ello generó confusión en el electorado”, dijo.