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La Verdad del Sureste

Rechaza TEPJF queja de Maldonado contra Núñez

Sin tener personalidad jurídica, el secretario ejecutivo del instituto electoral acusó al senador con licencia de violar la normatividad de radio y televisión y actos anticipados de campaña


El secretario ejecutivo del IEPCT, Armando Maldonado Acosta (Foto:Tomas Rivas)
El secretario ejecutivo del IEPCT, Armando Maldonado Acosta (Foto:Tomas Rivas)
VILLAHERMOSA, TABASCO. 26 DE ENERO DE 2012. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó un recurso de apelación presentado por el secretario ejecutivo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Armando Maldonado Acosta, quien acusó al senador con licencia del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Arturo Núñez Jiménez, de posibles violaciones a la normatividad de radio y televisión, por difundir en esos medios electrónicos aspectos relacionados con su pasado informe legislativo. “Arturo Núñez no ha cometido ningún acto de promoción personalizada ni actos anticipados de campaña”, expresó el integrante del equipo electoral del PRD, Lucio Santos Hernández.

Esta resolución del TEPJF se dio el miércoles. Núñez Jiménez “no recurrió a terceros para contratar los tiempos en televisión, además de que los mensajes no contienen propaganda electoral personalizada como en su oportunidad lo determinó el IFE”, agregó Santos Hernández, citando la resolución del máximo tribunal en materia electoral del país. La apelación de la Secretaría Ejecutiva del IEPCT ante el máximo tribunal electoral del país se dio luego de una resolución del Instituto Federal Electoral (IFE) en relación a que el perredista no incurrió en ninguna violación a la ley. Este caso inició con una queja presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el IEPCT después de que Núñez Jiménez rindió su informe legislativo, a finales de agosto del año pasado, acusándolo de actos anticipados de campaña y promoción personalizada de servidor público. De esa queja, Maldonado Acosta extrajo por su cuenta algunos elementos para presentar un recurso ante el IFE por la posible violación a la normatividad de radio y televisión de parte del perredista. Sin embargo, el IFE no encontró elementos para sancionar a Núñez Jiménez.

El abogado señaló que Maldonado Acosta no tenía ninguna personalidad jurídica para presentar quejas por su cuenta contra el perredista. “Es un elemento más que indica la parcialidad con que este funcionario (el secretario ejecutivo) del IEPCT se conduce en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD)”, expresó Santos Hernández. Puntualizó que este elemento podría ser agregado a la queja que se tiene presentada contra Maldonado Acosta en la Contraloría Interna del IEPCT, por su mal desempeño y parcialidad a favor del PRI.  

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