Registro civil: hacer patria
El Gobernador Arturo Núñez tomó dos importantes decisiones, que, por cualquier lado que se les analice, impactaran decisivamente en beneficio de los tabasqueños. Decisiones, de alto significado republicano; que sirven altamente a fortalecer a la República.
Resalto que, nunca será lo mismo vivir en una República que en una Federación o Confederación: ni sus instituciones ni sus finalidades son iguales. No es lo mismo decir: es Presidente de la República Mexicana, a decir, es Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta distinción que los mexicanos soslayamos o a la que no le encontramos sus sutilezas hay que esclarecerlas. Hay diferencias, y grandes: como las hay entre vivir en una monarquía y vivir en una República, o vivir en una Monarquía Parlamentaria o Constitucional y vivir en una Federación.
Las dos decisiones a las que me refiero, son de un gran calado republicano y cimentaran, fortaleciendo sobremanera, a la República.
Núñez Jiménez firmó, en este inicio de año, la adhesión del Estado de Tabasco al Convenio “Hacia la Clave única de Identidad”, que tiene inserto el programa de darle acceso a todos los mexicanos a su acta de nacimiento desde donde se encuentre el que la requiera, y signó, a finales de 2014, la adhesión del Estado de Tabasco al Convenio “10 por la Infancia”, que ofrece diez puntos claves a alcanzar en el ámbito de protección y bienestar de los niños y adolescentes y de sus derechos, que, incluye, uno de ellos, el que todo niño cuente gratuitamente con su acta de nacimiento.
Ambos convenios giran en torno a la institución más republicana que hay en el país: el Registro Civil. Además de la digitalización de los archivos y documentos que se contienen en esa institución, el potenciar sus tareas y servicios fortalecerán la identidad nacional y la certeza y seguridad de la población sobre sus instrumentos de identidad, nacionalidad y mexicanidad.
Fue el gobierno liberal de la Reforma, cuya austeridad republicana le impuso un sello indeleble e inolvidable a la nación, el que instauró la institución del Registro Civil. La ley emitida por don Benito Juárez, sentó precedente mundialmente. En Julio de 1859, Juárez dictó las Leyes de Reforma desde Veracruz, consumando la separación de la Iglesia y el Estado, con lo que de manera directa se introduce en México el Registro Civil, promulgándose el 28 de Julio de ese año, la Ley sobre el Estado Civil de las Personas.
Afirmo, que, hurgando analíticamente sobre la importancia del Registro Civil, si no existiese tal institución no se pueden hacer efectivos otros derechos fundamentales tales como: el derecho a la educación, a la salud, a la propiedad, al trabajo formal, a formular peticiones individual o colectivamente, a participar en la vida democrática del país como elector.
La institución del Registro Civil, a diferencia de la Escribanía que luego derivó en Notariado, es una institución republicana: de elevada prosapia republicana.
El Notariado, surge en la colonia y se potencia en el Virreinato; sirve para darle certidumbre y certeza al pudiente, al que tenía propiedades o bienes. El Registro Civil, en cambio, va dirigido a darle certeza jurídica y seguridad legal al que tiene menos, que siempre han sido abrumadora mayoría, y al que no tiene nada, independientemente que es incluyente del pudiente y del propietario.
La otra institución (la del Municipio), que luego se le motejaría Libre, es una institución anterior a la Colonia y al Virreinato, ya que los gobiernos del imperio Azteca, y de los Totonacos –y especialmente los de descendencia Náhuatl, se organizaban en torno a la figura del calpulli, unidad de organización debajo del nivel del altepetl- antecedente aborigen del Municipio; al darse la Conquista y el sincretismo español-aborigen, la figura del Municipio se modificó para adecuarse al modelo español de Ayuntamiento, y se potenció.
El Municipio es una institución colonial; su finalidad fue el administrar un determinado territorio, cobrar las gabelas y designar a un cacique de tenía el mando. Los cargos en los Ayuntamientos se compraban, consecuentemente, su finalidad era hacer cobros, para recuperar lo invertido en la compra del cargo y extraer del territorio que se dominaba los impuestos y gabelas para sostener a la Corona española o al Virrey. No es pues el Municipio una institución republicana como sí lo es el Registro Civil.
Así, los antecedentes históricos nos arrojan la esclarecedora verdad de que el Registro Civil es la Institución eminentemente republicana que ha sobrevivido; fortalecerlo, impulsarlo, darle amplitud en sus torales funciones, es hacer patria. Actas de nacimiento, de matrimonio, de adopción, de reconocimiento, de divorcio, de defunción, cambios de nombre, cambios de identidad y protección de ella, asentamientos extemporáneos, registro de contratos de maternidad subrogada, posesión de criptas en cementerios, escrituras privadas, registros de patrimonios de familia o de convenios de pensiones alimentarias, son algunos de los servicios tan ultranecesarios para la población que otorga el Registro Civil.
Muy importantes las dos adhesiones que firmase el Gobernador Núñez Jiménez en el rubro del Registro Civil.
Resalto que allí, hay que potenciar y fortalecer las funciones y facultades, al menos, en estos cuatro rubros: escrituras privadas –y públicas-, registros de patrimonios de familia –inembargables e imprescriptibles- y de convenios de pensiones alimentarias –seguridad de alimentos-, y dotarle de facultades para recepcionar, asentar y validar testamentos.
Un gobierno que desee apuntalar a la mayoría, beneficiar a los menos favorecidos económicamente, debe abrir sus miras hacia estos rubros en la institución del Registro Civil. Avanzar e innovar para mejorar en esta área sería realmente dar un gran salto para pasar a la historia.