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La Verdad del Sureste

Respalda Adán Augusto, política nacional de empleo penitenciario remunerado


Adán Augusto López Hernández, respaldó una iniciativa que hizo el grupo parlamentario del PRD.
Adán Augusto López Hernández, respaldó una iniciativa que hizo el grupo parlamentario del PRD.
MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012.- El Senador por Tabasco, Adán Augusto López Hernández, respaldó una iniciativa que hizo el grupo parlamentario del PRD, mediante la cual se busca reformar la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, a fin de establecer una política nacional de empleo penitenciario remunerado.
    De acuerdo a la propuesta presentada hoy en la máxima tribuna del país, la iniciativa, que también fue suscrita por los senadores Dolores Padierna Luna, Lorena Cuellar Cisneros y Rabindranath Salazar Solorio, el trabajo penitenciario proporcionará a los internos las herramientas que les permitan reintegrarse a la vida social y productiva con mayor facilidad y generar ahorros para cuando se reintegre a la vida comunitaria.
    “Proponemos establecer un modelo en el que el trabajo en los centros de reclusión se entienda como un medio para la dignificación del interno y un elemento central de su tratamiento; pero las acciones en este ámbito deben inscribirse como parte de una política pública planeada y clara”, apuntó.
    Al ser presentada dicha propuesta por el senador Adolfo Romero Lainas, el legislador tabasqueño sostuvo que esta reforma servirá, además, para que el trabajo se programe tomando en consideración las aptitudes, intereses, capacidad laboral y condiciones psicofísicas de los internos.
    En la exposición de motivos se precisa que se trata de que a los internos se les permita optar por un empleo que, por una parte garantice su manutención personal y la de sus dependientes económicos, y por otra cubra los gastos de la reparación del daño de las víctimas.
    La propuesta establece que el empleo que desempeñe el interno no deberá imponerse como un castigo, ni será aflictivo, denigrante, infamante o forzado, “por el contrario, tendrá un sentido de reinserción social”.
    El salario no sería inferior a las tres cuartas partes del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
    Igualmente se especifica que si bien se busca la integración a la vida social y productiva de los internos, éstos no podrán desempeñar empleo, cargo o comisión con funciones de autoridad, representación, liderazgo o mando entre sus iguales.
    Para finalizar, advierten que a pesar de que el artículo 18 constitucional precisa que los reclusos tienen derecho a la educación, al trabajo y capacitación para el mismo, en las prisiones no existen las condiciones necesarias para que los internos ejerzan ninguno de esos derechos.
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