Restablecer la naturaleza jurídica de delegados, pide CAT al próximo gobierno
Que sea el pueblo, quien por medio de una participación democrática, elija al delegado de su comunidad, señala el Colegio de Abogados
VILLAHERMOSA, TABASCO 19 DE JUNIO DE 2024.- El Colegio de Abogados Tabasqueños (CAT) el día de ayer mencionó, que la anunciada restauración del marco legal vigente hasta 2021 en la elección de los delegados municipales, no debería ser una ocurrencia sexenal, sino todo lo contrario, debe definirse su naturaleza jurídica en la Constitución de Tabasco y en la legislación secundaria.
Los abogados tabasqueños, precisaron, que si los delegados seguirán siendo, como hasta ahora, sólo auxiliares de los Ayuntamientos, o si verdaderamente van a ser representantes de la comunidad, ante las diversas instancias del gobierno, e inclusive que en las zonas indígenas sean autoridades tradicionales conforme a sus usos y costumbres, así como garantizar el derecho humano de los ciudadanos para participar en los asuntos públicos, debe modificarse el articulo 64 de la Constitución Local en concordancia con lo dispuesto en los numerales 2° y 115 de la Constitución Federal.
Para finalizar, el CAT, dijo que no es posible, que las autoridades en la entidad tabasqueña, sigan con este tipo de modificaciones o más bien ocurrencias, por lo que espera, que el próximo gobierno en el estado de Tabasco, restablezca la situación, con el tema de los delegados municipales, y que sea el pueblo, quien por medio de una participación democrática (elecciones) elija al delegado de su comunidad.
Los abogados tabasqueños, precisaron, que si los delegados seguirán siendo, como hasta ahora, sólo auxiliares de los Ayuntamientos, o si verdaderamente van a ser representantes de la comunidad, ante las diversas instancias del gobierno, e inclusive que en las zonas indígenas sean autoridades tradicionales conforme a sus usos y costumbres, así como garantizar el derecho humano de los ciudadanos para participar en los asuntos públicos, debe modificarse el articulo 64 de la Constitución Local en concordancia con lo dispuesto en los numerales 2° y 115 de la Constitución Federal.
Para finalizar, el CAT, dijo que no es posible, que las autoridades en la entidad tabasqueña, sigan con este tipo de modificaciones o más bien ocurrencias, por lo que espera, que el próximo gobierno en el estado de Tabasco, restablezca la situación, con el tema de los delegados municipales, y que sea el pueblo, quien por medio de una participación democrática (elecciones) elija al delegado de su comunidad.