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La Verdad del Sureste

En Tabasco es inaplicable el juicio oral mientras no se legisle al respeto: Colegio de Abogados


En Tabasco es inaplicable el juicio oral mientras no se legisle al respeto: Colegio de Abogados
Preocupa a los abogados tabasqueños el anuncio de que en un plazo de  siete meses iniciara la aplicación gradual de los juicios orales en la entidad, particularmente –se dice- en el municipio de Macuspana.

    Y nos preocupa, porque la Constitución Federal reformada en 2008, estableció el plazo hasta el 2016 para que los Estados -no de manera uniforme sino atendiendo sus propias circunstancias- adecuen sus leyes  y luego   instauren los juicios orales; En Tabasco, es aventurado y poco probable que esto suceda este año considerando que hasta el momento no hay  disposición legislativa alguna en tal sentido.

    Y menos si agregamos que por los procesos electorales federal y local de este año, por lo que es difícil que el Congreso Local pueda avanzar en la modificación de las leyes  ordinarias, como el Código de Procedimientos Penales y la Ley Orgánica del Poder Judicial, entre otros, y mucho menos, en caso de una eventual reforma a la Constitución Local en la materia.

    Es muy importante, que los trabajos legislativos no sean precipitados sino resultado de un estudio consciente y meditado, profundo, y acorde con la problemática de la entidad, sin prisas pero dentro del plazo que tienen –hasta el 2016- los Estados para adecuar sus marcos jurídicos internos.

    Es ilógico que se diga que en septiembre de este año habrá  juicios orales, cuando ni siquiera se han iniciado los trabajos en las comisiones legislativas para analizar la iniciativa de reforma al código adjetivo penal.        

El Congreso debería promover, por lo menos en este primer periodo de sesiones, lo previsto en el artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo: un proceso de consulta pública sobre el tema y, desde luego, la difusión de la iniciativa recibida, que es desconocida para la mayoría de la población.

    No se puede hablar de Juicios Orales en Tabasco mientras el Congreso del Estado no legisle al respecto. Y además, que lo haga bien, porque sus disposiciones -leyes y decretos- también son recurribles e impugnables.

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