TET le da el triunfo a Chepe Olán candidato de Morena en Jalpa
Por unanimidad el pleno del tribunal aprobó revocar la constancia de mayoría y validez al candidato del PRD, Isidro López Velázquez, (Chilo Baila)
VILLAHERMOSA, TABASCO. 18 DE JULIO DE 2024-. El pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) aprobó por unanimidad revocar la constancia de mayoría y validez al candidato del Partido de la Revolución Democrática (PR)D, Isidro López Velázquez, (Chilo Baila) y le dio el triunfo al candidato del Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), José del Carmen Olán en la elección de alcaldía de Jalpa de Méndez.
En el resolutivo, la magistrada presidenta del TET, declaró la nulidad de las casillas 826 contigua 1 y 829 contigua 4; por lo que se modifica los resultados asentados en el acta de cómputo municipal de la elección para la presidencia municipal y las regidurías por ambos principios.
“Se revoca la valides de la elección, así como la constancia de mayoría y validez expedida a favor de la planilla integrado por el ciudadano Isidro López Velázquez, propietario y Juan Bautista Mirabal, suplente; postulados por el PRD”.
Por lo anterior, el organismo jurisdiccional, ordenó al Consejo Electoral Distrital 17, de Jalpa de Méndez del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) en un plazo de 48 horas realice la declaración de validez respectiva y extienda las constancias de mayoría y validez a favor de la planilla compuesta por los morenistas José del Carmen Olán Olán, propietario y Justino Sánchez Martínez suplente.
“Una vez entregada la constancia, realice una nueva asignación de regidurías de representación proporcional conforme al acta de computo recompuesta en el mismo plazo”, mandató la magistrada.
Por lo que se deberá dar vista a la Oficialía Mayor del H. Congreso del Estado de Tabasco, agregando copia certificada de este fallo lo anterior para su conocimiento. Dar vista la Contraloría General Interna del Instituto Electoral del IEPCT por las probables conductas de responsabilidad administrativa. Y a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Tabasco a fin de que realicen las investigaciones correspondientes respecto a las 93 boletas faltantes de la casilla 827 contigua uno adjuntando la copia certificada de la presente resolución para que conforme a sus atribuciones realicen los actos correspondientes para concluir. ?
En el resolutivo, la magistrada presidenta del TET, declaró la nulidad de las casillas 826 contigua 1 y 829 contigua 4; por lo que se modifica los resultados asentados en el acta de cómputo municipal de la elección para la presidencia municipal y las regidurías por ambos principios.
“Se revoca la valides de la elección, así como la constancia de mayoría y validez expedida a favor de la planilla integrado por el ciudadano Isidro López Velázquez, propietario y Juan Bautista Mirabal, suplente; postulados por el PRD”.
Por lo anterior, el organismo jurisdiccional, ordenó al Consejo Electoral Distrital 17, de Jalpa de Méndez del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) en un plazo de 48 horas realice la declaración de validez respectiva y extienda las constancias de mayoría y validez a favor de la planilla compuesta por los morenistas José del Carmen Olán Olán, propietario y Justino Sánchez Martínez suplente.
“Una vez entregada la constancia, realice una nueva asignación de regidurías de representación proporcional conforme al acta de computo recompuesta en el mismo plazo”, mandató la magistrada.
Por lo que se deberá dar vista a la Oficialía Mayor del H. Congreso del Estado de Tabasco, agregando copia certificada de este fallo lo anterior para su conocimiento. Dar vista la Contraloría General Interna del Instituto Electoral del IEPCT por las probables conductas de responsabilidad administrativa. Y a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Tabasco a fin de que realicen las investigaciones correspondientes respecto a las 93 boletas faltantes de la casilla 827 contigua uno adjuntando la copia certificada de la presente resolución para que conforme a sus atribuciones realicen los actos correspondientes para concluir. ?