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La Verdad del Sureste

Se tiene que resarcir observaciones de cuentas públicas: Marcela González


Se tiene que resarcir observaciones de cuentas públicas: Marcela González
VILLAHERMOSA, TAB.- Marcela de Jesús Gonzále, presidenta de la Junta de Coordinación Política (JCP) del Congreso del estado, aseguró que en la aprobación de la cuenta pública 2011, las observaciones que fueron debidamente acreditadas por los integrantes de la dicha comisión en cuanto a varios organismos se tiene que solventar, resarcir y en algunos casos van a estar sujetos a cuentas.

    Aseguró que se aplicará en esas observaciones la mecánica en que se definió en el propio dictamen de la cuenta, ya que ahí se establece la obligación del Órgano Superior de Fiscalización (OSF) dar seguimiento, cumplimiento e informar de la misma.

    Recordó que cuando ella fue subsecretaría de ingresos llevó muchos casos de observaciones resarcitorios y de las sanciones del OSF.

En cuanto a las acciones penales en contra de algún funcionario, dijo que tiene conocimiento de algunos procedimientos que están pendientes por el OSF pero están esperando el resolutivo de la corte para ejercerla y “me parecería que esa parte lo podemos abundar con el mismo fiscal”.

    Se le cuestionó si es obligación del fiscal de que no haya actuado en contra de esos funcionarios, dijo que “si hay una obligación de actuar determinada por la ley se tiene que hacer, si la corte ordena al fiscal que debe de ejercer la acción penal y no lo hace, por su puesto si tiene una responsabilidad”.

    Apunto que hasta el momento no tiene conocimiento si el fiscal haya hecho caso omiso a alguna acción ordenada por la corte.

    Insistió que en los casos presentados en el OSF tienen la obligación de ejercer un procedimiento administrativo.

    “La persona que está sujeta una observación tiene derecho a defenderse y esto es un proceso largo no necesariamente tiene que ser una omisión, derivado de esa determinación si lo que procede es inhabilitación, resarcimiento o el ejercicio de la acción penal, en ese momento tiene derecho la persona a recurrir a esa determinación jurídica, cuando se determine esa acción jurídica le toca tanto a la contraloría estatal o municipal y al OSF, lo único que se tiene que hacer ejercer las acciones correspondiente ya no hay más paso”, concluyó.
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