“Yo no ofendí a la señora Xóchitl. No hay prueba de eso. No lo hago por principios, no ofendo a nadie y menos a una mujer. No sé de dónde salió esto”, comentó esta mañana.
“Me consta que en una ocasión, en el Instituto Electoral tergiversaron. Una Consejera del bloque conservador se atrevió a cambiar mis palabras, incluso hasta la sancionaron en el mismo Instituto Electoral, un funcionario. Pero nunca he ofendido a la señora.
Sin embargo, el Jefe del Poder Ejecutivo federal demostró que sus palabras habían sido parafraseadas y alteradas en dicho proyecto, por lo que el INE suspendió temporalmente a Manuel Alberto Cruz Martínez, quien presidía la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó el pasado jueves 13 de junio que el Presidente Andrés Manuel López Obrador sí cometió violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvez en ocho de sus conferencias de prensa matutinas.
“El pleno consideró que aquellas expresiones en las que el titular del Ejecutivo federal afirma que la denunciante obtuvo una candidatura por decisión de un grupo de personas con poder político, sí actualizan los parámetros de la infracción”, sostuvo el TEPJF en un comunicado en TEPJF.
La Sala Especializada del Tribunal concluyó que el Presidente la agravió con violencia política de género por medio de las declaraciones emitidas en sus conferencias de prensa de los días 3, 5, 10, 11 y 14 de julio; así como del 3, 7 y 18 de agosto de 2023. El Tribunal afirmó que el Presidente menoscabó “el reconocimiento de sus derechos políticos, con base en su carácter de mujer e indígena, al reforzar el estereotipo de inferioridad o dependencia para acceder a cargos públicos”.
El Tribunal aclaró que López Obrador, al ser el Presidente de la República, no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, por lo que únicamente se le responsabiliza de haber cometido violencia política de género, y precisó que tampoco se le pueden dictar medidas de reparación integral como la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral (INE).
