Los contratos son ilegales, fueron aprobados con premura y antes de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre una controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados, advirtió Rogelio Gasca Neri, EL ÚNICO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PEMEX QUE VOTÓ EN CONTRA DE LOS LLAMADOS CONTRATOS INCENTIVADOS.
En la reforma energética aprobada hace dos años por el Congreso se introdujo la figura de los contratos incentivados. Este instrumento permite a empresas privadas realizar para Pemex trabajos en las áreas de exploración y producción, reservadas por la Constitución al Estado. Las compañías realizan el trabajo a cambio de una remuneración en efectivo, con el incentivo de aumentar su percepción en función si logran metas arriba de las pactadas al momento de la contratación.
El 24 de noviembre, el consejo de administración de Pemex aprobó un primer modelo de contrato incentivado, aun cuando el proceso de discusión previo tuvo vicios de origen, como el hecho de que la legalidad y conveniencia económica no fue dictaminada por el abogado general de la empresa.
Pago de tarifa cuestionado
Gasca Neri, uno de los cuatro consejeros profesionales de Pemex, cuestionó que el modelo de contrato aprobado incluya el pago de una tarifa por barril de petróleo extraído por el contratista, cuando existe una controversia constitucional.
Argumentó que el modelo de contrato aprobado es ilegal. Explicó: en el modelo de contrato se licita y se da a concesión para la evaluación, el desarrollo y la producción de hidrocarburos, un área predeterminada de hasta 170 kilómetros cuadrados de forma exclusiva, hasta por 25 años, misma que puede incrementarse hasta en 100 por ciento sin licitación.
Adicionalmente, el contrato define como remuneración para la empresa privada contratista una tarifa por barril extraído más el pago de 70 a 80 por ciento de todos los costos en que incurra.
Por otra parte, abundó, en el contrato finalmente aprobado por el consejo de administración de Pemex existe una estrecha correlación entre el precio del crudo y la remuneración del contratista, lo que difícilmente se puede disociar del concepto de compartir la renta petrolera, lo cual está prohibido por la Constitución.
La renta petrolera es la diferencia entre los costos de extracción, almacenamiento y distribución y el precio de venta del hidrocarburo. El Estado se apropia de la renta (ganancia) mediante una empresa pública que aplica parte de esas utilidades a la reposición y desarrollo de nuevas reservas y la otra parte se emplea en gasto público.
En su voto razonado en la sesión de consejo del 24 de noviembre pasado, Gasca Neri expuso que el modelo de contrato (finalmente aprobado) no es conveniente económicamente para Pemex. No incentiva la eficiencia ni la disciplina en el gasto y se pagarían costos aun en casos de ineficiencia, negligencia o abuso dado que se rembolsa gran parte de los costos, incluidos los gastos de operación.
En el modelo de contrato presentado Pemex se sujeta al compromiso de rembolsarle prioritariamente al contratista un gran porcentaje, de 70 a 80 por ciento, de todos los costos (inclusive los gastos de operación, lo cual es inusual considerando que en la fórmula de pago hay una tarifa por barril) en que incurra con el único límite del valor de la producción después del pago de los derechos de extracción, con la característica de que cuando el efectivo disponible no alcance para sufragar el pago, la diferencia se acumulará como un adeudo para Pemex para el siguiente periodo.
Esto implica, que una parte muy sustancial de la remuneración del contratista es completamente incierta a la firma del contrato, lo cual es contrario a lo que marca la legislación vigente.
Gasca Neri cuestionó también la transparencia y los mecanismos de control en los procesos de asignación, contratación y aprobación del gasto. En particular destacó que la posible participación de Pemex como socio minoritario en el contrato, amén de que no incluye ningún derecho que lo proteja, tendría el efecto de poner a la paraestatal en una situación en la que se contrata a sí mismo y, por lo tanto, le impediría presentar una demanda al contratista si llegase a ser necesario.
Así, aseveró, la fórmula de asociación más bien sirve de escudo de protección para el contratista frente al mismo Petróleos Mexicanos. Por ello, en esa sesión propuso que se estableciera que Pemex no participará de socio de ninguna empresa que le preste servicios.
Los contratos, según lo planteado por Gasca Neri, están elaborados de manera tal que garantizan a los contratistas que no habrá cambios en la legislación fiscal.
