• La Verdad del Sureste |
  • Domingo 07 de Diciembre de 2025

Denunciantes internos

Publicado el:

ERNESTO VILLANUEVA


La aprobación de las leyes, federal y locales, de acceso a la información pública han sido necesarias, pero no suficientes. No bastan leyes huérfanas en un mundo jurídico que directa o indirectamente fomenta la opacidad.
    Se necesita una familia de leyes que promuevan la transparencia y la rendición de cuentas.
    Por un lado hace falta una nueva ley de archivos públicos y privados que norme la situación del patrimonio documental del país y que sean compatibles con las normas de transparencia existentes.
    Aun así, la corrupción y la impunidad persisten en el país. En ocasiones se ha pasado de la transparencia al cinismo.
    Una más de las medidas de combate a la corrupción reside en la figura de los informantes internos sobre actos de corrupción en los órganos del Estado; es decir, lo que en Estados Unidos se denomina Whistleblowers.
    Los denunciantes de irregularidades o whistleblowers, son aquellos individuos que dan a conocer información confidencial o secreta a pesar de que tienen la obligación oficial, o de otra índole, de mantener la confidencialidad.
    Los denunciantes que divulgan información sobre violaciones de Leyes, casos graves de mala administración de los órganos públicos, una amenaza grave para la salud, la seguridad o el medio ambiente, o una violación de los derechos humanos o del derecho humanitario deberían estar protegidos frente a sanciones legales, administrativas o laborales siempre que hayan actuado de buena fe. En México sucede lo contrario.
    Un servidor público honesto que buscara hacer público un acto de corrupción es sancionado por las leyes administrativas de responsabilidades de los servidores públicos además, por supuesto, del sistema.
    De ahí que en México siga gozando de cabal salud la máxima de que “en política, el único pecado que no se perdona es la falta de complicidad”.
    La justificación de la existencia de los whistleblowers se basa en el poder democrático, dado que es ejercido por el conjunto de individuos, a quienes una de las reglas principales del régimen democrático atribuye el derecho de participar en la formación de las decisiones colectivas.
    El ciudadano debe “saber”, o por lo menos debe estar en condición de conocer lo que sucede en la cosa pública.
    En la mayoría de los Estados democráticos de derecho se reconoce que el papel que desempeñan los whistleblowers es fundamental para una saludable vida democrática, pues al denunciar las irregularidades se ejerce plenamente el ejercicio del derecho a informar y ser informado al mismo tiempo que se combate la corrupción dando por resultado la transparencia en la administración pública.
    A nivel internacional hay docenas de leyes federales que protegen a los whistleblowers o denunciantes que de otra manera estarían en estado de indefensión.
    Se trata de leyes diseñadas para proteger a trabajadores contra la discriminación o cualquier otro tratamiento ilegal.  
    En Australia, por ejemplo no existe una legislación federal pero sí a nivel estatal.
    El Reino Unido cuenta con el Public Interest Disclosure Act de 1998, que proporciona un marco de la protección legal para los individuos que divulgan información para exponer negligencias e irregularidades contra la persecución y el despido.
    En Estados Unidos, las protecciones legales varían según el tema del whistleblower.  
    Ahora cabe pensar que pueda haber posibilidades de ensanchamiento legislativo para fortalecer el derecho a saber.
     No hay duda que la creación de esta figura legal vendría a dar nuevos bríos a nuestro reciente sistema de apertura informativa.
    En los estados de Oaxaca, Puebla y Sinaloa que inauguran no sólo nuevos gobiernos, sino aparentemente regímenes nuevos podrían convertirse en programas pilotos de estas iniciativas a favor de la rendición de cuentas y el combate a la corrupción.
(evillanueva99@yahoo.com)