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  • Jueves 19 de Diciembre de 2024

Exige tu derecho laboral: Trabajadoras del hogar deben recibir aguinaldo

¿Cómo reportar si no lo pagan?

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El aguinaldo también es para las trabajadoras del hogar. Su pago es obligatorio para toda persona que solicite los servicios de una empleada del hogar
Ciudad de México, 18 de dic de 2024.- El aguinaldo también es para las trabajadoras del hogar. Su pago es obligatorio para toda persona que solicite los servicios de una empleada del hogar, ya sea por uno o varios días a la semana y sin importar que tengan o no un contrato escrito. Sin embargo, cerca del 70 por ciento no recibe esta prestación.
“Tienen hasta el 20 de diciembre para pagarlo, es muy importante que lo sepan y, sobre todo, que lo cumplan”, dice Marcelina Bautista, directora y fundadora del Centro Nacional para la Capacitación Profesional y Liderazgo de las Empleadas del Hogar (Caceh).
En caso de que no les respeten este derecho, pueden denunciarlo en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde se les orientará de manera gratuita. Los teléfonos de atención son el 55 5998 2000 o el 800 911 7877.
Por décadas, el derecho al aguinaldo había sido negado a las personas dedicadas al trabajo del hogar y de cuidados de manera remunerada. Pero desde 2019, la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala de manera clara en el artículo 334 Bis que el aguinaldo, junto con las vacaciones, la prima vacacional, el pago de días de descanso y la seguridad social, deben ser proporcionados por quienes las contratan.
No obstante, debido a que la gran mayoría de las trabajadoras del hogar labora de entrada por salida y con diferentes empleadores y empleadoras, surgen dudas sobre cómo pagar el aguinaldo.
Para el tercer trimestre de 2024, había más de 2.3 millones de personas laborando en el sector doméstico, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Sólo el 2.5 por ciento ha sido afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por parte de quienes las emplean, según estadísticas del propio organismo del mismo periodo.
Según la ENOE, el 91 por ciento de la población dedicada a este trabajo es mujer. Otro dato que arroja esta encuesta es que siete de cada 10 de trabajadoras del hogar no recibe ningún tipo de prestación laboral, incluyendo el aguinaldo y el 97 por ciento laboraba sin un contrato por escrito.
Las estadísticas del sector indican también que el 96.2 por ciento de los hogares donde labora una trabajadora del hogar la modalidad es de “entrada por salida”, el 3.5 por ciento las contrata “de planta” y el 0.3 por ciento, en ambos esquemas.
AGUINALDO PARA TRABAJADORAS DE PLANTA
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que el monto mínimo del aguinaldo es de 15 días de salario para quienes lleven un año o más en el empleo, y se deben pagar antes del 20 de diciembre.
Pero también indica que este derecho es para quienes no hayan cumplido el año de servicio y también a quienes hayan renunciado o se les haya despedido antes de cumplir el año. En estos casos se les pagar la parte proporcional según el tiempo que trabajaron.
Entonces, si la trabajadora del hogar cumplió un año y trabaja de planta, hay que multiplicar su salario por 15 y ese será el monto mínimo del aguinaldo. Es decir, la ley fija un piso para que nadie cobre menos que eso, pero la cantidad puede ser mayor.
Para 2024, el salario mínimo profesional de las trabajadoras del hogar, determinado en la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), es de 264.65 pesos diarios en la mayor parte del país. Por lo que el aguinaldo no podrá ser menor de 3 mil 970 pesos.
En el caso de los municipios de la frontera norte del país, la Conasami fijó un salario diario mínimo para las trabajadoras del hogar de 375 pesos. Entonces, el aguinaldo mínimo es de cinco mil 625 pesos.
Ahora, de acuerdo con Caceh, la parte proporcional se calcula multiplicando el salario diario por 15 días de aguinaldo. Luego, el resultado se divide entre los 12 meses del año y esa cantidad se multiplica por los meses que laboró la trabajadora.
Digamos que lleva cinco meses laborando de planta y que su salario diario es de 400 pesos diarios. Se multiplica 400 por 15 días de aguinaldo: seis mil pesos. Ahora dividimos esa cantidad por los 12 meses del año: 500 pesos, cantidad que multiplicamos por los cinco meses que trabajó y el aguinaldo que se le debería pagar es de por lo menos dos mil 500 pesos.
TRABAJADORAS DE ENTRADA POR SALIDA
Supongamos que la trabajadora acude dos veces por semana y su salario es de 350 pesos. El monto del aguinaldo equivale a los salarios de dos semanas, es decir, por lo menos mil 400 pesos.
Ahora, quienes incumplan con el pago del aguinaldo a la trabajadora del hogar se les impondrá una multa de entre 50 a cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con el artículo 1002 de la ley del trabajo.
Es decir, la sanción sería de entre cinco mil 428 pesos hasta más de 542 mil 850 pesos por no pagar el aguinaldo a la empleada del hogar. Esto se decide en función del carácter intencional de no querer pagar esta prestación, de los daños que pudo haber provocado por esa omisión y de la reincidencia del infractor, entre otros motivos contemplados en el artículo 992 de esa misma Ley.