Con ello, la Reforma Judicial aprobada por el Poder Legislativo y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tiene la vía libre para su aplicación. Es decir, la elección de jueces, magistrados y ministros se llevará a cabo tal y como se establece en la Constitución.
Después de una jornada de cinco horas, que se definió con el voto del Ministro Alberto Pérez Dayán, quien afirmó que las acciones promovidas por el proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá eran improcedentes, y con ello rompió el bloque de los ocho ministros opositores y necesarios para que ese proyecto pasara, el cambio constitucional ha ratificado su validez.
Las palabras de Pérez Dayán se convirtieron en dardos que impactaron en la voz de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien retomar la palabra, se tropezaba con al retomar la conducción del Pleno.
Pérez Dayán había sido enfático en su primera intervención, en la cual delineó lo que después se corroboraría, que la reforma al Poder Judicial, podría seguir vigente y completa, ya que la posición de las ministras Yasmín esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortiz Ahlf, eran que no se debía considerar que la acción de constitucionalidad como un instrumento para validar o no una reforma constitucional.
“Por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez equivalente al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad”, dijo.
Luego de la clara postura del Ministro Pérez Dayán, y en un acto desesperado, la Ministra presidenta de la Corte pidió que la votación a favor del proyecto de González Alcántara pasara con seis votos y no con el mínimo de ocho que dicta la Ley.
Sin embargo, la propia Piña había sugerido un cambio a la votación con tal de darle visto bueno a la sentencia: que se requirieran seis votos en vez de los ocho que se necesitaban para la mayoría calificada, pero tampoco lo consiguió.
Pero luego de un receso de más de 45 minutos para revisar si la propuesta de Piña Hernández era legalmente viable, los ministros volvieron al Pleno sólo para corroborar la improcedencia de la propuesta de la Ministra Presidenta.
Seis ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideraron que se requerían ocho votos para poder invalidar alguna reforma y solo cinco votaron porque se requerían solamente seis votos como marca la reforma constitucional impugnada.
Durante la discusión quienes estuvieron a favor de que eran necesarios ocho votos como marcaba la Constitución en su artículo 105 antes de la Reforma Judicial, argumentaron que se requería al menos estos votos porque la SCJN está integrada por 11 ministros.
Mientras, los ministros que apuntaban que eran necesarios seis votos explicaron que esto era porque así lo marcan las modificaciones que hizo Morena a la Constitución.
Vanessa Romero Rocha, abogada y analista y ahora también parte del Comité de Evaluación del Poder Judicial para elegir a jueces, magistrados y ministros por parte de la Presidencia de la República, reaccionó a la propuesta de la Ministra Piña.
“La redacción del 105 constitucional que Piña quiere usar para declarar inconstitucional la reforma judicial con solo 6 votos, proviene de la misma reforma que busca invalidar.
“El umbral de 6 votos se pensó para una Corte de nueve ministros, no para la actual de 11”, planteó la especialista, quien citó además el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al iniciar la sesión, la Ministra Lenia Batres pidió retirar los proyectos, por la reforma de Supremacía Constitucional, pero esa petición fue rechazada con nueve votos.
El proyecto del Ministro González Alcántara, que da respuestas a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por PRI, PAN y Movimiento Ciudadano, plantea anular la elección por voto popular de jueces y magistrados, pero mantiene ese formato para elegir a ministros y magistrados electorales.
En su proyecto también se invalidan los jueces sin rostro y el método de selección de los juzgadores que llevarían a cabo los Comités de Evaluación.
Para invalidar la Reforma Judicial es necesaria una mayoría de ocho votos, los cuales ya tenía la Corte previo a la discusión, ya que únicamente tres ministras (Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz Ahlf) han expresado públicamente su rechazo al proyecto del Ministro González Alcántara.
Sin embargo, previo a la discusión de los temas de fondo y durante el análisis sobre si la Corte puede resolver acciones que cuestionan una reforma a la Constitución, el Ministro Alberto Pérez Dayán anunció su voto en contra de la procedencia de la acción de inconstitucionalidad presentada por los tres partidos con el argumento de que “no están legitimados” para presentar dicha impugnación.