Logro de mujeres organizadas, tipificación de feminicidio

Defensora de DH llama a reformas en todo el país

México, DF, 02 jul 11 (CIMAC).- La tipificación del feminicidio en Guerrero, Estado de México, Guanajuato, Tamaulipas, Morelos y el Distrito Federal, tiene un gran significado en la defensa de los Derechos Humanos (DH) de las mujeres, ya que con ello se reconoce que el “feminicidio existe y es necesaria la creación de tipos penales específicos para atenderlo”.

    Así lo afirmó Karla Michel Salas Ramírez, abogada defensora de casos de feminicidio en Ciudad Juárez, quien precisó que las aprobaciones en esas seis entidades del país surgen como reconocimiento de la necesidad de visibilizar en los códigos penales esta forma de violencia extrema contra las mujeres, poner fin a la impunidad que los rodea y erradicar ese delito en México.

    De 2007 a 2010 se han cometido al menos 2 mil homicidios dolosos contra mujeres y niñas en 18 entidades del país, señala el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) en su informe 2010.

    Ante estos crímenes, Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) han señalado en reiteradas ocasiones la necesidad de tipificar el feminicidio, ya que la impunidad que priva en este tipo de crímenes de género se recrudece ante un sistema judicial cooptado por prejuicios machistas.

    En este sentido Salas Ramírez resaltó el trabajo de las OSC en el tema, ya que el hecho de que el feminicidio se llevara a las agendas de los gobiernos se debe fundamentalmente al trabajo de la sociedad civil organizada. Sin embargo, alertó que en entidades como Edomex y Guanajuato la tipificación ha sido una “simulación”, ya que se aceptó legislar el delito, pero de tal forma que sea prácticamente imposible su acreditación o que sólo se aplique a algunos casos.

    A pesar de ello ­aclaró­ tenemos experiencias exitosas como es el caso de Morelos y el DF, donde las iniciativas aprobadas son producto de un trabajo cercano con especialistas y la sociedad civil, tratándose de reformas integrales con elementos objetivos que pueden acreditar el delito.

    Además son reformas que consideran la elaboración de protocolos de investigación a través de modificaciones a sus códigos de Procedimientos Penales, por lo que resultan completas.

    “(Los protocolos) establecen la necesidad de dotar a las y los operadores de justicia de herramientas mínimas para la investigación con debida diligencia del delito de feminicidio”, detalló.

    También se obliga a los operadores de justicia de investigar estos crímenes desde la perspectiva de género, subrayó la integrante de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD).

    La especialista concluyó que en los estados donde se legisló con elementos objetivos y con modificaciones al Código de Procedimientos Penales podemos decir que la tipificación es integral, mientras que los estados que no establecen los protocolos de investigación para acreditar el delito (como Edomex y Guanajuato), “sólo están simulando proteger la vida de las mujeres”.
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