NINGÚN CÓDIGO ESTA POR ENCIMA DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES
Reformar las leyes son para el estado una alteración que nos puede llevar a un orden o nos puede conducir a una alteración que puede dejar al estado como un ente imprudencial, hago esta reflexión por las reacciones que ha encontrado la famosa reforma al código penal en el que se dio origen a la famosa “ley garrote”.
Esta ley no lesiona directamente una de las garantías individuales pero parece que pueda ser una introducción a la perdida de nuestras garantías y reglamentos que los absuelva de cualquier reglamentos y leyes que impedían toda manifestación que legítimamente buscaba una solución a afectaciones que lesionaban el interés público, esta es la prueba que ninguna ley va frenar cualquier manifestación que visualice sus intereses, pues podemos decir que la cámara reformo el código penal pero no podrá con las garantías supremas que enmarcan los primeros 29 artículos de la constitución política de México, esto consensa y hace legitimo cualquier manifestación que busca defender un interés de carácter nacionalista y que se justifica por cualquier afectación que un particular hace contra una soberanía social.
Pues si la reforma que se llevó a cabo fue con la finalidad de regular a los sindicatos, esta reforma no tenía porque ser en el código penal sino simplemente se pudiese regular bajo un reglamento que regulara las movilizaciones, pues si se está afectando las garantías ciudadanas para proteger a las empresas que tendrán participación en la refinería entonces habrán leyes especiales para proteger empresas que en un momento dado puedan lesionar las garantías ciudadanas, en este tipo de litigios el Estado se ésta viendo arbitrario y parcial porque su función es proteger las individualidades ciudadanas y no los intereses particulares que están promoviendo un lucro.
La función como Estado es la de reordenar su funcionalidad para modernizar su sistema legal pero no un sistema legal unilateral que lesione el ejercicio social, la aprobación al código penal no es para una protección y un orden dentro del estado sino para proteger intereses, como podemos saber que todas esas empresas que van a laborar en la refinería tienen en orden todas sus responsabilidades ante el Estado no porque sean parte de un proyecto se les puede proteger en todas sus manifestaciones pues para poder estar en un proyecto deben de estar registrados en un buen conjunto de leyes
Esta ley no lesiona directamente una de las garantías individuales pero parece que pueda ser una introducción a la perdida de nuestras garantías y reglamentos que los absuelva de cualquier reglamentos y leyes que impedían toda manifestación que legítimamente buscaba una solución a afectaciones que lesionaban el interés público, esta es la prueba que ninguna ley va frenar cualquier manifestación que visualice sus intereses, pues podemos decir que la cámara reformo el código penal pero no podrá con las garantías supremas que enmarcan los primeros 29 artículos de la constitución política de México, esto consensa y hace legitimo cualquier manifestación que busca defender un interés de carácter nacionalista y que se justifica por cualquier afectación que un particular hace contra una soberanía social.
Pues si la reforma que se llevó a cabo fue con la finalidad de regular a los sindicatos, esta reforma no tenía porque ser en el código penal sino simplemente se pudiese regular bajo un reglamento que regulara las movilizaciones, pues si se está afectando las garantías ciudadanas para proteger a las empresas que tendrán participación en la refinería entonces habrán leyes especiales para proteger empresas que en un momento dado puedan lesionar las garantías ciudadanas, en este tipo de litigios el Estado se ésta viendo arbitrario y parcial porque su función es proteger las individualidades ciudadanas y no los intereses particulares que están promoviendo un lucro.
La función como Estado es la de reordenar su funcionalidad para modernizar su sistema legal pero no un sistema legal unilateral que lesione el ejercicio social, la aprobación al código penal no es para una protección y un orden dentro del estado sino para proteger intereses, como podemos saber que todas esas empresas que van a laborar en la refinería tienen en orden todas sus responsabilidades ante el Estado no porque sean parte de un proyecto se les puede proteger en todas sus manifestaciones pues para poder estar en un proyecto deben de estar registrados en un buen conjunto de leyes