Respalda Carlos Merino decisión del Senado sobre la Revocación
Villahermosa, Tabasco; viernes de marzo de 2022.- Luego que el Senado de la República aprobó el decreto en el que se precisan los alcances de la propaganda gubernamental, el gobernador Carlos Manuel Merino Campos calificó como positiva esta disposición que permite a los funcionarios públicos referirse a la Revocación de Mandato. El mandatario estatal afirmó que el Gobierno de Tabasco es respetuoso de los resolutivos de la cámara alta del Poder Legislativo Federal de México, y del cumplimiento de los mismos, en este caso, lo relacionado con el concepto de propaganda gubernamental, los principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
“Es positivo y si fue aprobado en el Senado hay que acatarla”, expresó el Ejecutivo estatal, con la garantía de que la Administración Pública Estatal no destinará recursos para ningún tipo de propaganda, y los funcionarios estatales que quieran opinar sobre la Revocación de Mandato a celebrarse el próximo 10 de abril, lo deberán de hacer en los términos que delinea el decreto publicado por el Gobierno de México.
De acuerdo al dictamen aprobado por los Senadores con 67 votos a favor y 34 en contra, la correcta interpretación del concepto de propaganda gubernamental busca evitar contradicciones, así como la violación a los derechos de la libertad de expresión y al acceso libre a la información pública.
Precisa, que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”. Asimismo, que tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público, conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas.
Por el contrario, el proyecto puntualiza que la propaganda gubernamental debe entenderse como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin por un ente público, es decir: poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público.
Lo anterior, con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución Política.
La Revocación de Mandato es un ejercicio democrático de participación social, que se llevará a cabo por primera vez en la historia de México, y en el cual, los mexicanos podrán decidir sobre la continuidad de Andrés Manuel López Obrador como presidente del país.
“Es positivo y si fue aprobado en el Senado hay que acatarla”, expresó el Ejecutivo estatal, con la garantía de que la Administración Pública Estatal no destinará recursos para ningún tipo de propaganda, y los funcionarios estatales que quieran opinar sobre la Revocación de Mandato a celebrarse el próximo 10 de abril, lo deberán de hacer en los términos que delinea el decreto publicado por el Gobierno de México.
De acuerdo al dictamen aprobado por los Senadores con 67 votos a favor y 34 en contra, la correcta interpretación del concepto de propaganda gubernamental busca evitar contradicciones, así como la violación a los derechos de la libertad de expresión y al acceso libre a la información pública.
Precisa, que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”. Asimismo, que tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público, conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas.
Por el contrario, el proyecto puntualiza que la propaganda gubernamental debe entenderse como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin por un ente público, es decir: poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público.
Lo anterior, con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución Política.
La Revocación de Mandato es un ejercicio democrático de participación social, que se llevará a cabo por primera vez en la historia de México, y en el cual, los mexicanos podrán decidir sobre la continuidad de Andrés Manuel López Obrador como presidente del país.