Ricardo Aldana Prieto, quien se ostenta como secretario general del S.T.P.R.M. pretendió ampararse con el fin de que Pemex negara información en relación a su situación contractual, donde se demuestra claramente que se trata de un empleado de confianza de Pemex y que no puede estar, al frente de un sindicato, al cual no pertenece. Al quedar sin efecto, la pretensión de Ricardo Aldana, ya no existen pretextos para que Pemex, no informe respecto a su situación contractual, lo que podría detonar en su destitución, como secretario general del S.T.P.R.M.
De esa forma, el candidato a dirigir al S.T.P.R.M. Cesar Pecero Lozano se encuentra en la antesala de tomar las riendas del Sindicato Petrolero.
Pero la demanda de amparo, que le fue negada a Ricardo Aldana Prieto, por el Poder Judicial de la Federación la presento Noe Hernández Gonzales, con el número de amparo indirecto 408-2022 radicada en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la ciudad de México, y quien se ostenta como representante de Ricardo Aldana Prieto y del S.T.P.R.M. en su carácter de Secretario de Ajustes del CEG del S.T.P.R.M. mediante la cual solicitaba la suspensión definitiva para el efecto de que Petróleos Mexicanos no entregara la información publica al tercero interesado, descrito en la solicitud PNT-3300223822000 referente a la situación contractual de Ricardo Aldana Prieto, quien se ostenta como secretario general del S.T.P.R.M.
Es así, que el 2 de mayo del 2023 el Juez del Juzgado Primero, en Materia Administrativa, considero negar el amparo ante lo infundado de los conceptos de violación al proceso de elección, realizada el 31 de enero del 2022, por lo que resolvió lo siguiente. Primero, se sobresee en el Juicio por las razones señaladas en el considerando Tercero de esta sentencia, -fin del Juicio sin resolver acerca de la Constitucionalidad o Inconstitucionalidad al acto reclamado. Segundo, la Justicia de la Unión no ampara ni protege al S.T.P.R.M. contra la emisión del Recurso de Amparo del 2 de marzo del 2022 por las razones señaladas en el considerado quinto de esta sentencia. Los actos de violación, e ilegalidad al acto reclamado, son infundados.
Y el comunicado oficial concluye, que con esta determinación Judicial, Pemex deberá entregar la información respecto a la situación contractual de Ricardo Aldana Prieto, lo cual lo colocaría en la antesala de dejar la secretaria general del S.T.P.R.M. que ostenta de manera ilegal. Es así, que en los próximos días, serán cruciales en el rumbo del S.T.P.R.M. y la resolución final, por parte del Poder Judicial de la Federación, en el amparo promovido por Cesar Pecero Lozano para invalidar el proceso electoral de la elección de secretario general del S.T.P.R.M. Cesar Pecero, a un paso de la secretaria general.
En fin.
