Según información solicitada al Portal de Transparencia, Ricardo Aldana Prieto no cuenta con Toma de Nota aun, y solo aparece como secretario general del S.T.P.R.M. hasta el 31 de diciembre del 2024.
Y es que el 28 de noviembre del 2024, un mes después de haber sido reelegido Ricardo Aldana Prieto, la Actuaría Judicial, del Cuarto Tribunal, del Primer Circuito , dictamina, como Punto Resolutivo, que se declaraba Improcedente la Aclaración de la Sentencia pronunciada en el Recurso de Revisión solicitada por el Tercero Interesado, Luis Ricardo Aldana Prieto, por lo que «la Justicia de la Unión , Ampara y Protege a María Cristina Alonso García, y Requiérase al Centro Federal de Conciliación, y Registro Laboral, para que dentro del Término, de 10 días siguientes se dé Cumplimiento a la Multicitada Ejecutoria».
Y es que la imposición de Ricardo Aldana, como secretario general del S.T.P.R.M. aquel 31 de enero del 2022, que derivo de un Juicio, ante el Poder Judicial de la Federación, podría invalidar la reelección de Ricardo Aldana Prieto del 28 de octubre realizada el 28 de octubre y podría ser, ese motivo, por el cual, el Centro Federal de Conciliación, en su Coordinación General del Registro de Asociaciones, en su Dirección de Actualización, y Registro Sindical, no haya expedido, aun, el Reconocimiento Oficial llamada «Toma de Nota» a Luis Ricardo Aldana Prieto, como Secretario General, del Comité Ejecutivo Nacional, del S.T.P.R.M.
En sí, al estar el Proceso Abierto, iniciada por la candidata a la Secretaria General, del Sindicato Petrolero, Cristina Alonso García, quien demando, el Principio de Equidad de Género, en el Sindicato Petrolero, por medio del Amparo Indirecto 2878/2022, el Centro Federal de Conciliación, no debió haber autorizado el Proceso de Elección el 28 de octubre del 2024, ya que los sindicatos tienen el mandato expreso, de procurar la Representación Proporcional, entre Mujeres y Hombres, en los Órganos de Dirección. Es así, que el 5 de diciembre del 2024, el Centro Federal de Conciliación tenía 10 días para contestar, ante el Poder Judicial de la Federación esa irregularidad, situación que no hizo. Al Tiempo.
En fin.