Saltar al contenido principal
La Verdad del Sureste

LA BARRENA


 LA BARRENA

Etileno XXI, los documentos desclasificados

El Gobierno Federal, a través de Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB) con base en lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento, decidió promover la inversión privada para desarrollar el complejo petroquímico denominado Etileno XXI.
    Esta inversión, con un monto preliminar de 2 mil 800 millones de dólares, consiste en construir un cracker (planta de etileno), en Coatzacoalcos, Veracruz al que PGPB suministrará gas etano para la producción de etileno, polietileno, polipropileno y otros derivados.
    En febrero de 2010 la CRE emitió la resolución que autoriza la fórmula, términos y condiciones aplicables al contrato de suministro de etano, por parte de PGPB, como materia prima para el complejo petroquímico que se construirá al sur del Complejo Petroquímico la Cangrejera, a 7 km al sureste de la ciudad de Coatzacoalcos y aproximadamente a 3.5 km al este de la ciudad de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz. El 19 de febrero del mismo año se firmó́ el contrato de suministro de etano para el desarrollo del Proyecto Etileno XXI con la empresa mexicana Grupo Idesa, S.A. de C.V y la brasileña Braskem, S.A.
    La Evaluación de Impacto Ambiental y Social Proyecto Etileno XXI que realiza Braskem-Idesa en 2011, contempla que la etapa de operación dará inicio en el año 2015, por lo que se estima una vida útil para el proyecto de 30 años a partir del inicio de operaciones, sin embargo, ésta se puede extender en función del mantenimiento a realizar en sus instalaciones.
La Opacidad de la “Transparencia”
    Mediante el informe Suministro de Etano al Proyecto Etileno XXl, PGPB señala que desde el año 2010 a la fecha, su Unidad de Enlace ha recibido diversas solicitudes de información en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Derivado de lo anterior, se interpusieron ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), diversos recursos de revisión en los que se resolvió la elaboración y entrega de versiones públicas. No obstante, la Unidad de Enlace fue notificada de la existencia de diversos juicios de garantías interpuestos por las empresas Idesa y Braskem, en los que se les otorgaron suspensiones provisionales.
    Con los Recurso de Revisión 3429/10, 7644/10 y 7622/10 las empresas Braskem y Grupo Idesa han conseguido evadir la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, logrando la suspensión definitiva para que el IFAI se abstenga de requerir a PGPB la entrega de información consistente en las versiones públicas de los contratos celebrados para el suministro de Etano y por la fórmula del precio del etano pactada en los mismos.
    En la actualidad, han sido otorgadas en todos los juicios de garantías las suspensiones definitivas, motivo por el cual PGPB se encuentra jurídicamente imposibilitado al cumplimiento de lo ordenado en las resoluciones emitidas por el IFAI, ahora Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), para proporcionar mayor información referente al proyecto Etileno XXI, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
El Cracker
En el Programa de Inversión de las Memorias Laborales de Pemex 2010, se menciona que el proyecto Etileno XXI (contrato de suministro) tiene como propósito la inversión privada en la construcción de un complejo petroquímico, en el cual los trabajos incluyen la construcción y operación de una planta de desintegración térmica de etano (cracker), de hasta un millón de toneladas anuales de capacidad para la producción de etileno y sus derivados.
    Para éste proyecto se desarrolla la construcción de un ducto que correrá de Ciudad Pemex a Nuevo Pemex, con un diámetro de 20 pulgadas por 70 kilómetros de longitud, cuyo objetivo es renovar la infraestructura de transporte de petroquímicos básicos (mezcla de etano, propano, butano y otros), para su fraccionamiento en el Complejo Procesador de Gas Nuevo Pemex; así como la construcción de dos ductos, uno de 12 pulgadas de diámetro por 11 kilómetros de longitud de Nuevo Pemex a Cactus, Chiapas y otro de 20 pulgadas de diámetro por 130 kilómetros de longitud de Cactus, Chiapas a La Cangrejera, Veracruz para el transporte de etano, gas e integración al anillo de etano.
    En el Informe anual de PGPB 2013 se contempla dentro de los alcances de Etileno XXI, la asignación del contrato de servicio de largo plazo (21 años: 20 años de operación comercial y uno más de pruebas) a la alianza entre Grupo Techint y Gasoductos del Sureste S. de R.L. de C.V., para el transporte de hasta 105.6 Miles de barriles diarios (Mbd) de etano líquido y 95.5 Mbd de etano gas.
Braskem, subsidiaria de ODEBRECHT
Con presencia en el país desde 2005, cuando se le asignó la reconfiguración de una refinería, el despegue de la empresa en México se inició en 2011, con la asignación del proyecto Etileno XXI, a través de la subsidiaria Braskem, en sociedad con la mexicana Idesa.
El gigantesco consorcio brasileño Odebrecht enfrenta en su país una serie de procesos por el presunto pago de sobornos para obtener contratos, algo que ha motivado la apertura de investigaciones en otros seis países, a excepción de México. En agosto de 2014 se estableció que grandes constructoras, entre ellas Odebrecht, participaban en un sistema corrupto que implicaba a funcionarios de Petrobras y a tres grandes partidos políticos de Brasil. Los constructores se organizaron “como un cártel” que en reuniones privadas decidía el reparto de contratos y los sobornos a funcionarios, que iban de 1 a 5 por ciento de los montos contratados.
Los documentos
A continuación se presentan los documentos solicitados por la DIP. Ing. Rocío Nahle García, desclasificados a través del IFAI (ahora INAI) después de 3 años de juicios administrativos, amparos y justificaciones por parte de Pemex Gas para dar a conocer el precio que les van a facturar la materia prima para el complejo Etileno XXI a los empresarios brasileños.
    El Proyecto (http://www.cnee-sur.net/images/Materiales/proyecto%20etileno%20xxi.pdf)
    Queda claro que en la negociación de IFAI-Pemex Gas se establece que darían a conocer una versión pública, pero al final del documento borran la información de la fórmula del gas, ya que aluden que el factor Y de esa fórmula es la clave para mantener su competitividad. ¿Por qué esta fórmula para petroquímica sí estuvo por años en la página del Internet de la Secretaria de Energía?
    El Contrato (http://www.cnee-sur.net/images/Materiales/contrato_etileno_xxi.pdf)
    De igual manera solicite que se me informara como se asignó este contrato, me hacen llegar una convocatoria de la “Subasta del gas” pero no mencionan quienes participaron en dicha subasta, lo raro es que Pemex Petroquímica no participó.
    Colaboración de integrantes del CNEE
    Están bajo el control del dirigente petrolero, Carlos Romero Deschamps
    Pemex paga $7 millones mensuales a mil 280 ‘‘comisionados’’ sindicales
    Son trabajadores en activo que reciben importantes incentivos y préstamos preferenciales
    El Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), que encabeza Carlos Romero Deschamps, tiene más de mil 280 trabajadores ‘‘comisionados’’ en diversas secciones y Petróleos Mexicanos (Pemex) entrega mensualmente a esta organización 7 millones de pesos para el pago de transporte y viáticos de esas personas, así como para gastos de administración, operación y mantenimiento de las instalaciones de su gremio.
    Una copia del acuerdo firmado por la ‘‘comisión mixta especial’’ respecto de la cláusula 251 del contrato colectivo de trabajo detalla que Pemex incrementó este pago a partir del año pasado de 2 millones 842 mil a 7 millones de pesos al mes, lo que significa una partida anual de 84 millones de la empresa al sindicato por esos conceptos.
    Según esta cláusula, los ‘‘comisionados’’, quienes son petroleros activos que no laboran en la empresa sino hacen ‘‘trabajo’’ para el sindicato o son funcionarios del mismo, reciben cuotas diarias de apoyo económico. Por ejemplo, a los 36 secretarios generales de los comités ejecutivos locales y a los representantes de las secciones de la rama marina, y los considerados foráneos, que están en un sección fuera de su adscripción, les pagan mil 370.75 pesos diarios por viáticos, más mil 144.75 pesos por ayuda para transporte y gastos conexos. A los ‘‘comisionados locales’’ les pagan 542.75 pesos por viáticos, más 484 pesos por transporte. Además, todos estos trabajadores tienen derecho a que la empresa les otorgue ‘‘préstamos sin intereses por el equivalente a 12 meses de las cuotas de ayuda para transporte’’ que tienen, según pactó el sindicato con la petrolera. En cuanto a la lista de estos trabajadores, una copia de la misma señala que tan sólo del comité ejecutivo son 73 personas que están como funcionarios sindicales, más asesores e integrantes del consejo general de vigilancia, así como 90 miembros de las comisiones nacionales mixtas, 158 nacionales y otros ‘‘12 comisionados adscritos directamente a las órdenes del secretario general del sindicato, Carlos Romero Deschamps’’.
    Entre las secciones sindicales del país que tienen más trabajadores designados por el sindicato para estar en esta condición están la de Nanchital, Veracruz, donde hay 85 trabajadores comisionados; Poza Rica, 65; en la sección de la Ciudad de México, casi 300 trabajadores no laboran en la empresa, sino para el gremio; Tula, 49 más.
    También en la sección 36 de Reynosa, Tamaulipas, hay 46 ‘‘funcionarios sindicales’’; en la 44 y 48 de Villahermosa, Tabasco, hay otros 65 petroleros en esta condición; en Ciudad del Carmen, Campeche, se agregan 46. La lista rebasa los mil 280 y los nombres de los mismos están ligados a los líderes seccionales y nacionales del sindicato. La ya referida cláusula 251, que fue modificada el 9 de septiembre de 2015, señala que Petróleos Mexicanos pagará los sueldos, gastos y pasaje redondo a los funcionarios sindicales de los comités ejecutivos, o a las personas designadas por las asambleas, ‘‘cuando concurran a las convenciones general o extraordinarias que sean convocadas por el sindicato…’’
    Además, detalla que los funcionarios y comisionados, cuando terminan esta designación y regresan al servicio de la empresa, ‘‘disfrutarán de vacaciones y de una compensación extraordinaria de 45 días de salario ordinario por cada ciclo de vacaciones vencido’’. Si lo solicitan al vencimiento de los ciclos anuales de vacaciones recibirán el importe integro de las mismas (salario, prima vacacional y compensación extraordinaria), ‘‘sin interrumpir su comisión’’. Incluso, la empresa reconocerá como profesionales los accidentes que puedan sufrir en sus tareas. Cabe referir que, según la lista de estos trabajadores, prácticamente no hay ninguna sección del país en la que el sindicato no tenga este tipo de ‘‘funcionarios sindicales’’.
Patricia Muñoz Ríos - La Jornada
Te puedes documentar e informar en nuestra página www.cnee-sur.net y enviar tus comentarios y colaboraciones a: [email protected] ó [email protected]

 

¿Te fue útil? Comparte: Facebook X WhatsApp Telegram

Entérate de más