Diputados reforman 7 leyes para definir violencia política de género
Ciudad de México, Cimacnoticias, 5 dic 2019.- La Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, reformar siete leyes para definir la violencia política de género, entendida como toda acción u omisión que limite, anule o menoscabe el ejercicio de derechos políticos y electorales de las mujeres.
En la sesión de este 5 de diciembre se modificaron Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Desde hace siete años el Senado y la Cámara de Diputados debaten cuál es la mejor redacción para tipificar la violencia política, o bien, si sólo es necesario definir este tipo de violencia en la ley; por esta razón desde 2012 senadores aprueban un paquete de reformas y diputados avalan otras. Esta falta de consenso en ambas Cámaras ha hecho que ninguna reforma entre en vigor.
En la sesión de este jueves, finalmente las y los diputados aprobaron un paquete de reformas luego de analizar nueve iniciativas presentadas desde septiembre de 2018. La diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Wendy Briceño Zuloaga dijo que con estas modificaciones las legisladoras están luchando para que en las siguientes contiendas electorales haya más mujeres en cargos de elección o de designación.
La diputada aseguró que, en esta legislatura marcada por la paridad, con 48.2 por ciento de mujeres, se reconoce la violencia política en razón de género como “toda aquella acción u omisión basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad”.
La violencia política, dijo la también presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, afecta el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones y la libertad de organización y puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en la ley.
De acuerdo con el dictamen, esta forma de violencia va desde la ridiculización, bromas hirientes, restricción del uso de la palabra, agresiones verbales, descalificación de sus aportaciones, hostigamiento, coacción, obstaculización de su trabajo, ataques físicos y psicológicos, acoso y hostigamiento sexual, amenazas, intimidación, difamación o presión para que renuncie al cargo o a la candidatura, así como en cualquier tipo de discriminación y menoscabo de la autoridad de las mujeres.
En la sesión de este 5 de diciembre se modificaron Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Desde hace siete años el Senado y la Cámara de Diputados debaten cuál es la mejor redacción para tipificar la violencia política, o bien, si sólo es necesario definir este tipo de violencia en la ley; por esta razón desde 2012 senadores aprueban un paquete de reformas y diputados avalan otras. Esta falta de consenso en ambas Cámaras ha hecho que ninguna reforma entre en vigor.
En la sesión de este jueves, finalmente las y los diputados aprobaron un paquete de reformas luego de analizar nueve iniciativas presentadas desde septiembre de 2018. La diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Wendy Briceño Zuloaga dijo que con estas modificaciones las legisladoras están luchando para que en las siguientes contiendas electorales haya más mujeres en cargos de elección o de designación.
La diputada aseguró que, en esta legislatura marcada por la paridad, con 48.2 por ciento de mujeres, se reconoce la violencia política en razón de género como “toda aquella acción u omisión basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad”.
La violencia política, dijo la también presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, afecta el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones y la libertad de organización y puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en la ley.
De acuerdo con el dictamen, esta forma de violencia va desde la ridiculización, bromas hirientes, restricción del uso de la palabra, agresiones verbales, descalificación de sus aportaciones, hostigamiento, coacción, obstaculización de su trabajo, ataques físicos y psicológicos, acoso y hostigamiento sexual, amenazas, intimidación, difamación o presión para que renuncie al cargo o a la candidatura, así como en cualquier tipo de discriminación y menoscabo de la autoridad de las mujeres.