LAS MARRANADAS DE PEÑA Y ERUBIEL Y EL Pri
La elección en Estado de México debería anularse; a) porque las anomalías del proceso de recuento de votos en las casillas obligó a abrir casi el 20% de los paquetes electorales (según datos del mismo Instituto Electoral al corte de las 2 de la tarde del miércoles 7 de junio –día en que inició el recuento-, se abrirían 4 mil 19 paquetes a recuento en los 45 distritos electorales; acordó el IEEM que la cifra podría elevarse a 5 mil 204 paquetes (en boletín oficial), de un total de poco más de 18 mil casillas instaladas el domingo 4, cantidad de paquetes que representaba el 23% del total; (al final se decidió abrir sólo 3 mil 289 paquetes que de toda forma rondan el 20% de los paquetes); b) porque hay documentación probatoria que a Alfredo del MaZo MaZa se le sumaron 241,145 votos de más de los que realmente obtuvo en las urnas -la revisión de las cifras publicadas por el propio IEEM demuestra que hubo 241 mil 145 votos acreditados de más para el priista Alfredo del MaZo MaZa, demuestra que en promedio, el aumento de votos para el Pri fue de 5358 votos en cada uno de los 45 distritos electorales, demuestra que Del MaZo MaZa sólo obtuvo un millón 955 mil 347 votos, que el IEEM le acreditó indebidamente en el turbio Conteo Rápido más votos que los que realmente obtuvo en las urnas; c) porque la revisión de las propias cifras del IEEM demuestra que a la candidata de Morena, Delfina Gómez, le dejaron de sumar entre 168 mil 385 y 241 mil votos que obtuvo en urnas y no se los sumaron -en total Delfina Gómez obtuvo 2 millones 28 mil 63 votos-; d) porque del recuento en esos 4 mil 19 paquetes electorales a abrir, los resultados finales en votos de la elección del domingo 4 serían que, entre quien obtuvo el primer lugar en votos y el que obtuvo el segundo lugar en votos la diferencia sería menor a un punto porcentual de la votación total emitida (UNA diferencia de 72 mil votos que no representan ni el 1% de diferencia lo que obliga a la anulación de la elección); e) porque Del MaZo MaZa y el Pri y sus aliados, rebasaron en 126 millones de pesos el tope máximo autorizado de gastos de campaña qué fijó la ley –reportó sólo haber gastado 116 millones cuando realmente gastó 412 millones de pesos-; y f) porque al final del amañado recuento, la diferencia entre del MaZo MaZa y Delfina Gómez son 168 mil votos y los votos nulos rebasan los 180 mil votos.
Súmense a estas anomalías el que: en los distritos de Tejupilco, Valle de Bravo, Atlacomulco, Ixtlahuaca, Jilotepec, Chimalhuacán y Ciudad Adolfo López Mateos, el uso de padrones de beneficiarios de programas del Gobierno Federal y del EdoMex fue medio mafioso para favorecer a la alianza PRI-Partido Verde-Nueva Alianza-Encuentro Social.
Un análisis realizado muestra que en esos distritos se registraron niveles de participación atípicos, de 64% en promedio (cuando el estatal fue de 54%), y también en los mismos se registran los número más altos de empadronados en los programas de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol): un millón 515 mil 410 beneficiarios que reciben recursos por 788 millones 16 mil 642 pesos.
Al cruzar los padrones de la Sedesol con la base de datos del INE, se detectó además que 3 mil 810 representantes de partidos políticos reciben beneficios de programas sociales en esas zonas por un monto de 2 millones 533 mil 886 pesos.
De acuerdo con esta información, mil 879 representantes de casilla del PRI son beneficiarios de Sedesol y reciben un monto de un millón 200 mil 690 pesos mientras que 453 son del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y a ellos se destinaron 285 mil 315 pesos.
Adicionalmente, fungieron como representantes de casilla de Nueva Alianza 990 beneficiarios que obtuvieron recursos por 647 mil 640 pesos, así como 488 de Encuentro Social con beneficios por dos millones 533 mil pesos.
Otra principal anomalía detectada, fue que se impidió el ejercicio del derecho de voto a los ciudadanos. En mil 590 centros, personas y órganos distintos a los facultados recibieron la votación; mientras en mil 305 medió dolo o error en el cómputo de los sufragios.
Son causales de nulidad. Legalmente el TEPJF debería anular la elección.