MEMORIA TABASQUEÑA
La conservación de nuestra memoria histórica: una razón de Estado
Por Mtro. Héctor Valencia Reyes
(Miembro de la Academia de Historia de la UJAT)
En México, la lucha por la Independencia, por tener la hegemonía y el control del Estado, bajo un sistema político específico y un modelo de desarrollo concreto, también incluyó la lucha por reescribir la historia; fue parte de un proceso en el que el nuevo Estado nacional construyó una nueva interpretación del pasado del país. Ello lo podemos leer en las investigaciones que el historiador veracruzano Enrique Florescano ha publicado en sus obras: Memoria mexicana; Memoria indígena y El nuevo pasado mexicano.
Así, con la idea de que se reescribiera la historia y se conservaran los archivos y documentos que nos permitieran conocer nuestra historia y tener conciencia de nuestro pasado, el 9 de diciembre de 1856 el ministro de Gobernación José María Lafruaga, le envió al gobernador de Tabasco José Justo Álvarez un documento, para que fuera publicado y difundido, en el que le menciona: que a la república le hace falta conocer la historia de la dominación española; que los mexicanos ignoran esa parte de su historia, porque muchas obras no abordan con precisión la historia de la conquista y la colonización, que eran “narraciones parciales”; también, que el país carecía de una historia general; por lo tanto, la administración pública debía conservar los documentos históricos y cuidar su resguardo en las diversas instituciones.
Ese documento se publicó en el Periódico Oficial el 15 de enero de 1857; en él, el ministro Lafruaga dijo textualmente: “… el abandono y criminal descuido con que se han visto los archivos públicos, han sido también causas eficaces del mal que lamentamos, y que si de una vez no se remedia, hará que dentro de muy poco tiempo sea de todo punto imposible escribir la historia de esa época memorable.”
Lafruaga sintetizó en 6 puntos, las indicaciones que se debieran seguir en cada estado para “evitar la desgracia” de no conocer nuestra historia y, que se continuara la destrucción y la pérdida de documentos de los archivos. En el punto 1, se ordenó que se cuidaran con “escrupuloso empeño” los archivos de las diversas instituciones, ayuntamientos, comandancias, tribunales y de todas las oficinas públicas. Se ordenó que se elaboraran índices de los contenidos de cada archivo público. En el punto 2, se señaló que en las instituciones religiosas dependientes de obispos y prelados, se cumpliera puntualmente con el artículo 1; además, que se rescataran las crónicas y las noticias de las distintas órdenes religiosas.
En el punto 3, se ordenó que en el periódico oficial de Tabasco se publicaran los documentos históricos y que se reimprimieran las obras antiguas. En la indicación 4, se señaló que los editores de los periódicos publicaran folletines con los documentos históricos, como se hacía en la capital del país. En el punto 5, quedó establecido que de manera patriótica, se reunieran los datos relativos a la conquista y a la colonia. Y finalmente, en el punto 6 se ordenó que se formara una memoria del estado de Tabasco sobre la administración colonial, con el siguiente contenido: la fundación de los poblados; el número de habitantes desde la colonia hasta 1856; y los datos sobre la propiedad rústica y urbana, señalando los edificios públicos y los del clero.
La memoria también debía incluir datos sobre la economía: la agricultura y el comercio; al mismo tiempo, los datos sobre el sexo de los habitantes, su edad, la mortalidad, la criminalidad y los delitos; también, le pidió al gobierno que agregara los datos que permitieran conocer, de manera extensa, la realidad tabasqueña.
Las ideas que plasmó el secretario del despacho de gobernación, del presidente Comonfort, tuvieron una estrecha relación con la experiencia que Lafruaga tuvo cuando participó en 1846, en la creación del Archivo Nacional. También tuvieron que ver con el proyecto de los liberales que triunfaron con el Plan de Ayutla y que, en enero de 1857, estaban elaborando la nueva constitución; cuyo contenido pretendía legitimar un sistema político federalista, republicano y laico; en el que el clero, fuera desplazado de la administración pública. En Tabasco, la publicación de ese documento, se constituye en la primera indicación para que se conserven los documentos históricos, se reorganicen los archivos y se difundan sus contenidos. Lamentablemente, en 1857, las indicaciones de Lafruaga fueron letra muerta en Tabasco; así como, en el 2022 la Ley General de Archivos lo es hoy en Tabasco, porque los documentos históricos siguen destruyéndose, los archivos históricos siguen sin funcionar y nuestra memoria documental sigue perdiéndose. Mientras nuestra conciencia histórica en casi nula.