Nestora y su ordalía
En épocas que creíamos superadas existían las ordalías o “juicios de Dios”. Bajo distintas modalidades, el inculpado tenía que superar una o varias pruebas, irracionales todas, para demostrar su inocencia. Usualmente, si acaso llegaba a sobrevivir a las pruebas, era también una prueba de su culpabilidad.
Dentro de la Opinión 56/2015 emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Nestora Salgado es identificada como Coordinadora Regional de la Policía Comunitaria en Olinalá, Guerrero. Dicho documento también reconoce que Nestora “es una defensora de la población indígena en el estado de Guerrero”.
Continúa el documento: “La Sra. Salgado ha sido acusada de los delitos de delincuencia organizada (acusación federal) y de secuestro (acusación estatal). Todas las acusaciones derivan de hechos y actuaciones llevadas a cabo por la Policía Comunitaria de Olinalá como autoridad legalmente reconocida en el ejercicio de sus obligaciones de seguridad pública”.
No obstante lo anterior, Nestora fue detenida en agosto de 2013 mediante un aparatoso operativo llevado a cabo por la Marina y el Ejército, “aunque no había cargos contra ella ni ninguna circunstancia de manifiesta actividad criminal”. Posteriormente fue absuelta por un Tribunal Federal, aunque el Fiscal del Estado le fincó nuevos cargos sobre la base de los mismos hechos. Agrega el documento: “Uno únicamente puede estar sorprendido por la situación actual”.
La realidad evidencia que en zonas rurales de México surgen grupos que asumen las funciones propias del Estado, mismos que se explican a partir de la existencia de condiciones de ingobernabilidad, ruptura del orden jurídico o por la ineficacia de las propias autoridades. La propagación de las policías comunitarias y grupos de autodefensa durante el gobierno de Felipe Calderón propició acalorados debates sobre su legitimidad o constitucionalidad.
Antes de continuar, haré una aclaración: los grupos de autodefensa se distinguen de las policías comunitarias ya que éstas tienen reconocimiento del Estado, lo mismo en regiones de Europa que en el estado de Guerrero. Tanta es su presencia que en 2003 el Banco Interamericano de Desarrollo realizó una serie de estudios sobre el impacto de las policías comunitarias en Europa Occidental y Norteamérica, las cuales emergieron por el aumento de la delincuencia.
El estado de Guerrero puede considerarse paradigmático respecto a la presencia de policías comunitarias. En abril de 2011 se publicó la “Ley número 701 de reconocimiento, derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas del estado de Guerrero”. Su artículo 37 reconoce expresamente la existencia del sistema de justicia indígena de la Costa-Montaña y al Consejo Regional de Autoridades Comunitarias, pero también “confirma el reconocimiento de la Policía Comunitaria, respetando su carácter de cuerpo de seguridad pública”.
Esta policía no tiene una estructura de cuerpo de seguridad propiamente dicha sino que se basa en la organización comunal y cuenta con el apoyo de las autoridades locales y los habitantes de la región. Como no forman parte de una estructura administrativa ni remunerada, la policía es elegida en asambleas comunitarias, e incluso niños y ancianos pueden eventualmente convertirse en policías comunitarios.
Para nuestra modernista tecnocracia no tiene cabida el sistema de usos y costumbres de las comunidades indígenas previsto en el artículo segundo de nuestra Constitución (a partir de 2001), que tiene su antecedente en el reconocimiento a la diversidad cultural de los pueblos indígenas (introducido en el primer párrafo del artículo cuarto constitucional el 28 de enero de 1992).
Adicionalmente, nuestro país es suscriptor de la Convención 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Ante este marco jurídico es incuestionable que las comunidades indígenas tienen el derecho a su propia identidad y a autogobernarse, lo que incluye la posibilidad de crear policías comunitarias, como ocurrió en Olinalá.
La reapertura de la persecución judicial en contra de Nestora Salgado, impulsada a partir de la iracunda intervención de José Antonio Meade en el segundo debate, puede ser un tema de mera ignorancia jurídica cargada de discriminación y racismo. Aunque en realidad se trata de un ataque político, tanto que el INE ordenó a la campaña de Meade que retirara el anuncio donde quiere someter a la activista a una nueva ordalía.