El abogado Sergio Antonio Reyes Ramos, informó lo anterior, luego de afirmar que en la resolución del Juzgado Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la IV Región -con sede en la ciudad de Jalapa, Veracruz- llama la atención, primero, que el juez, pese a que admite como ciertos los hechos, no los examina, por considerar que no habría donde colocar a los trabajadores despedidos del ICADET.
El integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños mencionó, en entrevista con La Verdad del Sureste, que hasta el día de ayer, los quejosos obtuvieron una copia certificada del dictamen de la sentencia del amparo solicitado por los trabajadores, con fecha, por cierto destacó, del 30 de noviembre de este año.
Está corriendo ya el término para interponer el recurso de revisión, pero era indispensable disponer de la copia certificada para poder combatir el dictamen, dijo.
Llama la atención, insistió, que el juez, pese a declarar que son ciertos los actos reclamados –la inconstitucionalidad de los decretos 013 y 016, la falta de formalidad porque incluso no está refrendado por el Secretario de Gobierno y el hecho de que el Congreso aprobara suprimir plazas sin aumentar o disminuir las partidas presupuestales como indica la ley- no entra al estudio de ninguna de las causas.
Eran cinco causas de inconstitucionalidad, a lo cual los abogados llamamos conceptos de violación.
Resuelve el sobreseimiento sin estudiar y examinar las causas porque alega que es un acto imposible de resolver, porque como el ICADET desapareció no hay donde colocar a los trabajadores, no obstante que en el expediente hay pruebas en el sentido de que, tanto trabajadores sindicalizados como personal de confianza del ICADET fueron reubicados.
Es decir, esas pruebas, demuestran que no es cierto que materialmente no exista esa posibilidad.
El resolutivo no se ajusta a Derecho, sostuvo el abogado, porque incluso es público que al que fuera titular de una de las dependencias suprimidas, el químico José del Carmen Escayola, no solo se le reubicó sino que el gobierno del estado creo una institución que ahora preside.
A menos que suprimieran su plaza y mediante otro decreto autorizaran crear la nueva, planteó.El argumento del juez nos parece muy frágil, dijo, y los trabajadores han decidido recurrir a la revisión e incluso acudir a instancias internacionales, porque están convencidos que aportaron pruebas para todas y cada uno de los conceptos de violación, y por ello, no les satisface la causal de improcedencia, en el sentido de que es materialmente imposible que la ley los proteja.
Los reclamantes, además de que tienen pruebas de que muchas de las plazas suprimidas fueron reubicadas, saben que la propia ley establece que cuando se suprimen plazas deben reubicar a los trabajadores y que al no hacerlo, el Gobierno del Estado está incurriendo en violación a la ley laboral sino en otra inconstitucionalidad.
Los trabajadores que solicitaron el amparo siguen firmes, aseguró Reyes Ramos, saben que la sentencia del juez de distrito no es un tema agotado, que no son ciertas las situaciones que, quien sabe de donde las sacó el consejero jurídico del Congreso.
La causal que invoca el juez de distrito es que materialmente es imposible reparar el daño a los trabajadores porque el organismo desapareció, insistió el abogado.Tenemos diez días, que ya están corriendo, para presentar la solicitud de un recurso de revisión ante los tribunales colegiados de distrito, ya entramos al análisis del documento y creemos que hay elementos para revisar la sentencia del juez Luis Fernando Angulo Jacobo y corregirla.
