TIZON PETROLERO
JUBILADOS, SUPREMA TRAICION DE DESCHAMPS
La Unión Fraternal Petrolera, Eduardo Soto Inés, acudieron a la Ciudad de México el 18 de septiembre para estar presente en la Audiencia que se llevó a efecto en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje No. 7, con el expediente IV-353/2016, que trata la anulación de las modificaciones que se le hicieron al Contrato Colectivo de Trabajo 2015-2017, específicamente lo que concierne a los jubilados sindicalizados y pensionados, en las Cláusulas 135, 182 y 183, lo cual originó que las pensiones jubilatorias, y las prestaciones contractuales de los jubilados, quedaran congeladas, originándoles perdidas económicas cercanas a los 5 mil pesos mensuales.
Jesús Ross Salmerón Representante de la Unión, comentaba que estos agravios fueron perpetrados contra las y los jubilados, por la Comisión revisora de dicho Contrato Colectivo de Trabajo, encabezado por Carlos Romero Deschamps y los 36 Secretarios Generales, quienes violaron flagrantemente los preceptos de protección Constitucional y Legal, signados en el Artículo 1 y 14 de la Constitución, así como la Ley Federal de Trabajo, donde se indica, que nadie podrá ser privado de sus derechos, posesiones, o propiedades, derivado de la aportación de su fuerza de trabajo, y garantizados los mismos por la Ley Federal de Trabajo, la cual prohíbe que se afecten los derechos establecidos en los Contratos Colectivos de Trabajo, y mucho menos que se modifique lo ya establecido en dicho contexto.
Esto es, que ningún C.C.T. puede ser firmado en condiciones inferiores a lo establecido en C.C.T. anteriores, y los derechos generados adquiridos de los trabajadores petroleros sindicalizados plasmados en el C.C.T., en cuestión, datan desde hace muchos años, específicamente desde el 1ro. de agosto de 1991, por lo cual, los jubilados sindicalizados adheridos al Grupo Unión Fraternal Petrolera, consideran que el haber modificado Carlos Romero Deschamps, las Cláusulas 135, 182 y 183, del Contrato Colectivo de Trabajo fue una suprema traición sindical, ya que hasta el 31 de julio del 2015 se contemplaba para el jubilado sindicalizado petrolero diversos beneficios, entre ellos el incremento salarial que Pemex otorgaba a su personal activo, a la bonificación del 50 % del costo de la gasolina sobre 1000 litros mensuales, 6 litros de aceite automotriz, el costo de4 135 kilos de gas mensual, así como la canasta básica para la compra de alimentos que se les venía pagando desde 1991. Dichos beneficios quedaron congelados por los traidores vende patria representados por Carlos Romero Deschamps que se convirtieron en los peores enemigos de los jubilados.
Y es que a los jubilados son los que mayores derechos les confieren los Estatutos del S.T.P.R.M., la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, debido al principio Jurídico “quien es primero en tiempo es primero en derecho”, lo cual se aplica a los jubilados del S.T.P.R.M., toda vez que son la base fundamental de la estructura del sindicato petrolero, primero, por el carácter de planta activo en Pemex y actualmente con el carácter de jubilado en Pemex.