En concreto…
Apresurado último tramo de la LXIII Legislatura
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Hay temas polémicos que deberán analizarse muy bien antes de ser sometidos al pleno cameral, y es que como en todos los tiempos a la LXIII Legislatura ya le entró la prisa. Lo que dejó de hacer en dos años y medio quiere hacerlo en este Primer Periodo Ordinario de sesiones. Veremos si les da tiempo de consensuar con todas las fracciones y sacar adelante las iniciativas congeladas y otras que de última hora pretenden meter con calzador. Una que me llama la atención, es la presentada por la diputada Casilda Ruiz Agustín, en la que pretende que familiares directos no sean postulados en una misma planilla de regidores. Esto con clara dedicatoria al caso Tito Filigrana.
Como todos saben, éste personaje al no poder ser postulado a la alcaldía de Jonuta, propuso a su esposa Ana Lilia Díaz Zubieta y él se reservó la segunda posición como Sindico de Hacienda. Con el insano propósito de ocupar la primera posición después de la toma de protesta de su esposa. Sin embargo, la iniciativa en mención que pretende adicionar un párrafo al Artículo 185 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado para prohibir que los partidos registren en su planilla de candidatos a regidores a personas con parentesco, ya sea por afinidad o consanguineidad, sin limitación de grados, resultaría inconstitucional. Claramente violaría el derecho de votar y ser votado.
La diputada proponente argumenta que “no se contrapone al derecho constitucional de todos los ciudadanos a votar y ser votados, como tampoco se transgrede el derecho al trabajo cuando para combatir el nepotismo se prohíbe que un servidor público contrate familiares”.Sin embargo nada tiene que ver una norma administrativa con un principio constitucional como es el de votar y ser votado, derecho tutelado ampliamente en el ámbito convencional y constitucional. El derecho del trabajo también está tutelado, pues en el caso de nepotismo, solo limita a los familiares del titular a no ser contratados en esa dependencia durante el período de su encargo. Sin embargo si en el mismo hay trabajadores con parentesco directo contratados con anterioridad, este derecho será respetado. Así que son dos supuestos distintos el votar y ser votado a un cargo de elección de elección popular, que ser contratado por un pariente que ostenta la titularidad.
No deben perderse los diputados en estas discusiones, cuando la interpretación de la ley es clara. La Constitución Local en el Artículo 64 establece que “Si alguno de los miembros del gobierno municipal dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley”. Esto adquiere mayor relevancia y sustento, al aplicarse la obligatoriedad legal de la paridad de género en los cargos de elección popular, al mandatar que sean estos en fórmulas de un mismo género, esto precisamente para atajar a los Juanitos o Juanitas. Sin necesidad de modificar leyes, solo basta aplicar lo que manda la constitución y que los espacios vacantes sean ocupados por sus suplentes del mismo género.
Visto así, éstas modificaciones o adiciones que no tienen sustento constitucional serían ociosas, pues la interpretación clara de la ley pone el freno que ellos intentan tardíamente proponer. Y no hay referéndum que valga, la elección tiene que respetarse. Una autoridad municipal según la fracción VIII del Artículo 64 de la Constitución Local. “solo es renunciable por causas graves que serán calificadas por la Legislatura del Estado” Cual es en el caso se una “Juanita” la falta grave para aceptar la renuncia de un presidente municipal y someterlo a referéndum. Ninguna. Como dicen el dicho popular, “Para que tantos brincos y sombrerazos, si el terreno está plano” Creo que hay temas más relevantes y serios a los cuales dedicarles tiempo.
CONCRETÍSIMO
…LA FRACCIÓN parlamentaria de Movimiento Ciudadano “será la oposición crítica y constructiva que reclaman muchos mexicanos” expresó enfático el coordinador de esta fracción en San Lázaro, Clemente Castañeda Hoeflich, “Las diputadas y diputados de Movimiento Ciudadano venimos con esta responsabilidad y con la misma esperanza de millones de mexicanos que exigen una sacudida de la vida pública nacional” al mismo tiempo que anunciaba que renunciaban «a los seguros de gastos médicos mayores y de vida que se pagan con el dinero de la ciudadanía», con esta decisión ahorraran al erario 6 millones 192,239 pesos al año, si este ejemplo fuera seguido por los 500 diputados se dejarían de malgastar 123 millones de pesos al año, o sea 360 millones de pesos en los tres años. Bien por esta bancada, ojalá logren sacudir al Legislativo federal para que no siga siendo un apéndice del ejecutivo. …SI LA Sala Superior del TEPJF, aplicara el criterio que utilizó en el caso Oaxaca, mismo que utilizó en la elección de Ocosingo, Chiapas en 1997, la confirmación de la constancia de mayoría de Gerardo Gaudiano Rovirosa, no tendría mayor sobresalto. Sin embargo a pesar de que hay presiones políticas, los magistrados tendrán que aplicar solo la ley basada en los principios constitucionales, no hay de otra. En fin, veremos. [email protected].