• La Verdad del Sureste |
  • Lunes 06 de Octubre de 2025

Gobierno sugiere a legisladores clarificar reforma a Ley de Amparo

El Ejecutivo aclaró que la reforma a la Ley de Amparo solo aplicará hacia adelante y no afectará procesos concluidos ni derechos adquiridos.

Publicado el:

Redacción


El Gobierno de México no impulsa ni avala leyes ni actos contrarios a la Constitución, que en su Artículo 14 establece que no debe haber retroactividad en las leyes, afirma la presidenta El Gobierno de México no impulsa ni avala leyes ni actos contrarios a la Constitución, que en su Artículo 14 establece que no debe haber retroactividad en las leyes, afirma la presidenta

El Gobierno de México aseguró que la reforma a la Ley de Amparo, aprobada el 2 de octubre en el Senado, no se aplicará de manera retroactiva. La Presidenta Claudia Sheinbaum subrayó que ninguna ley impulsada por su administración irá en contra de la Constitución.

Durante la conferencia matutina, la mandataria pidió a Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno, explicar el alcance de la reforma y disipar dudas surgidas en medios y redes sociales.

Zaldívar recordó que el Artículo 14 constitucional prohíbe la retroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna, por lo que la reforma al juicio de amparo solo tendrá efectos hacia el futuro.

El funcionario propuso clarificar el artículo transitorio del decreto para evitar interpretaciones que generen incertidumbre. En particular, sugirió:

Precisar que la Ley de Amparo es de carácter procesal.

“No hay cabida para la aplicación retroactiva de ninguna ley en perjuicio de persona alguna”, afirmó Arturo Zaldívar.

Reconocer que los procesos concluidos ya generaron derechos adquiridos y se mantienen con la norma vigente en su momento.

Establecer que solo las actuaciones posteriores a la entrada en vigor se regirán por las nuevas disposiciones.

Con esto, se garantiza que quienes ya concluyeron un amparo no verán modificada su situación jurídica, y quienes inicien uno después de la entrada en vigor sí deberán ajustarse a las nuevas reglas.

#TomaNota: La reforma entra en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Solo aplica a juicios de amparo iniciados después de esa fecha.