PERLA HISTÓRICA: LA RESTAURACIÓN DE LA REPÚBLICA IP
El viernes 15, se cumplieron 148 años de la restauración de la República en México; hecho histórico de tan trascendental importancia que si no se hubiese dado, hoy, ni usted, ni yo, ni ningún mexicano podría asegurar estaría viviendo en un régimen republicano y nacionalmente soberano.
A quienes hoy ocupan –pero no colman- el gobierno federal, el dato no les importó; y mucho menos lo festejaron. Su ideología no está comprometida con la República. Sus compromisos y lealtades andan por Washington D. C., y su ideología se diluye en lo antipopular, sus impulsos de vida aletargada –baratija mercantilista- en el neoliberalismo económico. En esa entrega andan desde el arribo de Carlos Salinas a la Presidencia.
La restauración republicana en México comenzó el 15 de julio de 1867, cuando Benito Juárez regresó a la Ciudad de México luego de su victoria contra el imperio de Maximiliano de Habsburgo (I de México). El 15 de julio de 1867, las fuerzas del gobierno de la legalidad entraron triunfantes a la Ciudad de México, y el régimen del interinato del licenciado Benito Juárez inició la ardua labor de la reconstrucción del país: de inmediato convocó a elecciones; orientando su rumbo a reparar la economía, impulsar la educación, fomentar la seguridad pública y terminar con las gavillas de ladrones y caciques que asolaban al país.
El 14 de agosto de 1867 se dio a conocer la Convocatoria para elegir a quienes deberían hacerse cargo tanto de los poderes federales como de los propios de los diferentes Estados de la República. En las elecciones resultó triunfador Juárez, y su siguiente período presidencial estuvo centrado en darle rostro y fundar a la República.
Entre las medidas hacendarias tomadas en el año de 1867, para arrancar la restauración de la República sobresale la expedición, el 1º de diciembre, del Reglamento para la Administración y Contabilidad de los Caudales del Gobierno Federal.
Es un documento de tal precisión y deducción lógica, que si los actuales economistas neoliberales y presupuestivoros del gobierno lo leyeran y le metieran el diente para analizarlo, tendrían que volver a cursar sus licenciaturas, maestrías y doctorados en economía, finanzas y presupuesto. Cito sólo unas partes de ese Reglamento:
“Artículo 1. El servicio de la administración de Hacienda descansa en un presupuesto de ingresos y egresos. El presupuesto tiene dos fases distintas. Presupuesto probable o primitivo y Presupuesto real o definitivo. El presupuesto probable o primitivo consiste en el cálculo previo que se hace de lo que deberán producir las rentas y de lo que importarán los gastos durante una anualidad.
“La parte de ingresos debe verse como un término comparativo, para observar si ellos bastarán o no para cubrir los gastos, a fin de que, en caso negativo, se decreten nuevos impuestos. La parte de gastos sirve como un límite a la autorización que da el Congreso para verificar los de la anualidad.”
Es tan lógico el argumento de aquel Reglamento de 1867 que, si el troglodita Cartens y el neoliberal del Presupuesto Cero –en Presupuesto su calificación es Cero- lo hubiesen leído o se hubiesen inspirado en él, la República no tendría que andar con premuras y vendiendo o regalando a cambio de financiamiento extranjero- los bienes nacionales como el petróleo y la energía.
El 8 de diciembre de 1867, el denominado Cuarto Congreso Constitucional abrió sus sesiones. El 20 de febrero de 1868, el Secretario de Hacienda, señor Matías Romero, apuntaba en su Informe al Congreso lo siguiente:
“Para la formación de un plan de hacienda, la primera base es necesariamente la formación de los dos presupuestos de ingresos y egresos, sin los que puede decirse que no hay punto de partida para las operaciones ulteriores. Respecto del orden en que deben venir esos presupuestos, parece incuestionable que el primer lugar corresponde al de egresos, a diferencia de lo que sucede cuando se trata de los negocios de un particular.
“Efectivamente, el hombre arreglado y probo que se propone poner orden en sus asuntos pecuniarios, debe comenzar por hacer la cuenta de las entradas que tenga, para reducir a ellas sus gastos. Una Nación, o sea el gobierno que la representa, debe, por el contrario, después de reducir hasta donde sea compatible con el buen servicio público los gastos que necesite hacer, fijar éstos de una manera definitiva, buscando en seguida los fondos indispensables para cubrirlos.
“La razón de esta diferencia consiste, por una parte, en que un particular puede dejar de hacer los gastos que no le permitan sus circunstancias, incluyendo en ese número aún algunos de los necesarios; mientras que una Nación no puede, sin mengua de su decoro y a veces aún de su existencia, dejar de hacer ciertos gastos -lo cual no acontece nunca respecto de una Nación-, que bien puede aumentarlos hasta donde lo exijan sus necesidades. Si en alguna eventualidad se encontrara en la imposibilidad de hacerlo, carecería entonces de los elementos precisos para figurar como independiente y soberana.”
Si el barrigordo Cartens, y Videgaray –más empleados del Departamento del Tesoro que de Peña- y el mismo Peña, hubiesen abrevado de la experiencia histórica que significó la restauración de la República de don Benito Juárez, otros rumbos andaría la nación.