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  • Sábado 24 de Enero de 2026

SAT: Constancia Fiscal no es obligatoria para facturar

El SAT advirtió que negar facturas por no presentar la Constancia de Situación Fiscal es ilegal y puede generar multas de hasta 122 mil pesos.

Publicado el:

Redacción


El SAT advierte: Prohibido condicionar facturas a la entrega de la Constancia de Situación Fiscal El SAT advierte: Prohibido condicionar facturas a la entrega de la Constancia de Situación Fiscal

Con el fin de agilizar los procesos comerciales y proteger los derechos de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas (CFDI).

Aquellos establecimientos o proveedores que se nieguen a facturar si el cliente no entrega físicamente este documento, están incurriendo en una práctica ilegal que conlleva severas sanciones económicas.

1. Multas de hasta 122 mil pesos por malas prácticas

De acuerdo con el Artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera una infracción condicionar la expedición de un comprobante fiscal. Las sanciones para quienes incurran en esta falta son:

  • Multa mínima: 21 mil 420 pesos.
  • Multa máxima: 122 mil 440 pesos.

2. ¿Qué datos son realmente necesarios para facturar?

Para emitir un CFDI, el emisor solo requiere que el cliente proporcione (de forma verbal o escrita, sin necesidad de la constancia) los siguientes cuatro datos:

  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes).
  • Nombre o Razón Social.
  • Código Postal del domicilio fiscal.
  • Régimen Fiscal.

Dato Extra: Los contribuyentes pueden obtener su Cédula de Datos Fiscales (una versión simplificada que solo contiene estos datos necesarios) en el portal oficial: cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/.

3. Sobre la nómina y los trabajadores

El SAT aclaró que los empleadores no deben exigir la CSF a sus trabajadores para el timbrado de la nómina. Si el patrón no cuenta con los datos de sus empleados, puede solicitarlos directamente al SAT mediante un "caso de aclaración", siguiendo la ficha de trámite 44/CFF, sin necesidad de trasladar esa carga administrativa al trabajador.

4. Naturaleza y vigencia de la Constancia

Negar una factura por no presentar la Constancia de Situación Fiscal es una infracción sancionable por el SAT.

La CSF contiene información sensible que pertenece únicamente al contribuyente (como sus obligaciones específicas y actividades económicas) y que es irrelevante para el proceso de facturación. Además, la constancia no tiene vigencia; solo se actualiza si el usuario cambia su domicilio, régimen o actividades. Por lo tanto, no es necesario tramitarla de forma periódica si no ha habido cambios.

5. Canales para obtener la Constancia (Si el usuario la requiere)

En caso de que el contribuyente desee obtenerla para su control personal, el SAT ofrece las siguientes vías:

Para Personas Físicas y Morales:

  • Portal del SAT: A través de sat.gob.mx usando su Contraseña o e.firma vigente.

Exclusivo para Personas Físicas:

  • SAT Móvil: Descarga permanente desde la aplicación.
  • SAT ID: Disponible para recibirla de manera mensual si se requiere.
  • Oficina Virtual: Agendando cita para "Entrega de Constancias".
  • Presencial: En cualquier oficina del SAT sin previa cita, presentando identificación oficial o validando con huella digital.

TomaNota:

  • Para facturar solo se requieren: RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal.
  • Negar una factura por no entregar la CSF puede generar multas de 21 mil a 122 mil pesos.
  • Los patrones no deben pedir la CSF a trabajadores para timbrar nómina.
  • La CSF no tiene vigencia y solo se actualiza si cambian datos fiscales.
  • La Cédula de Datos Fiscales puede descargarse en el portal del SAT como alternativa simplificada.