La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado un nuevo fallo desfavorable para Grupo Salinas, sumando otro litigio perdido por la corporación en menos de dos semanas.
El Pleno de la Corte revocó el amparo que protegía a una filial de Grupo Elektra contra una multa impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por más de 67 millones de pesos.
La multa y el rechazo del argumento empresarial
El fallo se produjo este miércoles, apenas una semana después de que la SCJN resolviera otros siete casos fiscales contra el grupo empresarial, que en conjunto sumaban más de 48 mil millones de pesos en créditos fiscales.
En el caso reciente, la controversia se centró en una multa de $67,165,827 impuesta por el SAT a Nueva Elektra del Milenio, una filial de Grupo Elektra.
La sanción se originó porque la empresa declaró pérdidas mayores a las reales durante el ejercicio fiscal de 2012.
La empresa impugnó la multa argumentando que, bajo el régimen de consolidación fiscal de la Ley del ISR vigente ese año, las facultades de comprobación y el crédito fiscal debieron dirigirse únicamente a la sociedad controladora, Grupo Elektra, y no a la filial.
Sin embargo, el Pleno de la Corte rechazó el argumento de la empresa. Los ministros confirmaron la amplia capacidad del SAT para fiscalizar a cualquier entidad del grupo.
Aprobación del proyecto de Lenia Batres
La decisión se tomó con seis votos a favor y tres en contra, aprobando el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama.
Dicho proyecto revocó el amparo que previamente había sido concedido a Nueva Elektra por un tribunal colegiado.
La ministra Batres argumentó que las facultades de verificación fiscal del SAT no están limitadas respecto de las sociedades controladas:
“Las facultades de comprobación que pueden desplegar las autoridades fiscales no se encuentran limitadas respecto de las sociedades controladas, es decir, no existe una excepción que las excluya del ejercicio de las facultades de verificación fiscal tal y como se desprende de lo dispuesto en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación vigente para el ejercicio fiscal 2012.
“El SAT puede fiscalizar tanto a la controladora como a sus sociedades controladas; no existe excepción en la ley.”
Aceptar esta limitante implicaría, por un lado, desconocer las facultades de comprobación que tienen origen en el artículo 16 de la Constitución”, sostuvo la ponente.
Como resultado de la votación, el caso regresará al tribunal colegiado original para que emita una nueva sentencia. Aunque esta sentencia obligaría a la filial a pagar la multa, también deberá considerar otros argumentos de fondo que la compañía planteó en su defensa.
Votos en contra y controversia de constitucionalidad
Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, así como el ministro Irving Espinosa Betanzo, votaron en contra del proyecto de Batres.
Su objeción radicó en que el caso (amparo directo en revisión 3842/2024) no planteaba un genuino tema de constitucionalidad que justificara la intervención del Pleno de la SCJN.
“De ninguna manera involucra un aspecto de constitucionalidad que haga procedente el recurso de revisión en amparo directo, por lo que estimo que este recurso de reclamación es fundado y debe revocar el auto de admisión y ordenar el desechamiento del recurso de revisión”, manifestó la ministra Yasmín Esquivel.
Dilación y asuntos pendientes
El litigio por los $67 millones se encontraba en la Corte desde el 20 de mayo de 2024, y su resolución fue retrasada por una "lluvia" de recursos, incluyendo impedimentos y reclamaciones, interpuestos por la empresa con el aparente fin de dilatar el juicio.
De hecho, este miércoles la Corte resolvió uno de esos recursos de impedimento que buscaba separar del asunto a la ponente, Lenia Batres, y a la ministra Yasmín Esquivel.
Ambos recursos fueron declarados infundados, y el Pleno impuso una multa a la empresa de 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a casi $34 mil pesos, por su intento de obstaculizar el proceso.
Finalmente, en la misma sesión, se retiraron dos proyectos relacionados con la empresa Totalplay (también de Grupo Salinas) que presentaban conclusiones opuestas sobre un crédito fiscal de $645 millones de pesos.
Los proyectos, a cargo de las ministras Batres y Esquivel, diferían precisamente sobre si el caso cumplía con el requisito de tener un interés excepcional que obligara a la Corte a resolverlo.
