Con una mayoría de siete votos contra dos, el Pleno de la SCJN revocó dos amparos promovidos contra Ley Minera
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó dos amparos que buscaban frenar la aplicación de la Ley Minera reformada en 2023. Con siete votos a favor y dos en contra, los ministros determinaron que la norma no es retroactiva.
El caso más relevante fue el de un particular que inició en 2021 el trámite para obtener una concesión minera y alegaba que la reforma lo perjudicaba, pues la ley establece que desde 2023 no se admiten nuevas solicitudes.
Esta resolución sienta un precedente: todos los trámites previos a la reforma quedan invalidados, lo que cierra la puerta a nuevas concesiones en el país.
La decisión es la primera que la Corte toma respecto a las reformas impulsadas en abril de 2023, conocidas como “el Viernes Negro” por la cantidad de leyes aprobadas en fast track durante la madrugada.
Para comunidades y empresas, la consecuencia inmediata es que solo podrán operar quienes ya tenían concesiones otorgadas antes de la reforma, sin posibilidad de ampliar o registrar nuevas.
La medida impacta tanto a grandes corporaciones como a pequeños solicitantes, pues consolida el marco legal que restringe la expansión de la minería en México.
“La SCJN resolvió que no procede otorgar nuevas concesiones mineras iniciadas antes de la reforma de 2023.”
#TomaNota:
Reforma publicada: abril de 2023.
Cambios clave: no se admiten nuevas solicitudes de concesiones mineras.
Afectados: solicitantes que iniciaron trámites antes de la reforma.
Beneficiados: quienes ya contaban con concesiones previas.
