La tragicomedia política personal de Humberto Domingo Mayans Canabal, está a punto de repetirse en la figura de Jesús Alí de la Torre, en este proceso de sucesión gubernamental. Hoy, la posibilidad de su candidatura por el Partido Revolucionario Institucional se disuelve, debido a su inmadurez política y al surgimiento de elementos jurídicos que también lo hacen INELEGIBLE. El edificio de SPORT CITY, lo sepulta.
Mayans sucumbió por crearse escenarios políticos electorales forzados, sostenidos por ríos y ríos de tinta; sin embargo, Alí de la Torre desvirtuó su aspiración desde el inicio mismo de su administración al frente del Ayuntamiento de Centro. De hecho, los ciudadanos capitalinos pudieron conocer el carácter del ex edil, gracias a su terquedad por construir el “Puente Bicentenario”, contraviniendo el sentimiento popular y la advertencia ecológica de varias Asociaciones Civiles. Entre sus pies se llevó también a la ciudadanía.
Para quienes lo dudan, un dato. El pasado 22 de diciembre, cuando la capital del estado estaba sumergida en una profunda CRISIS DE AGUA POTABLE, producto de una mala administración de este servicio y por la que más de 30 mil capitalinos despertaron si el servicio de este vital liquido; un problema que duró varios días, Jesús Alí había abandonado la responsabilidad para la cual fue electo.
¿Y, dónde estaba?. Simple, dejó el cargo de presidente municipal, por el que luchó con uñas y dientes dos años atrás para ir a la Ciudad de México, curiosamente en busca de otra candidatura –ahora para el gobierno estatal-. Ese día, cuando en los hogares de Centro la escases de agua hacia grandes estragos, “Chucho” Alí estaba reunido con las dirigencias nacionales y estatales, junto a LUIS FELIPE GRAHAM ZAPATA, GEORGINA TRUJILLO, EVARISTO HERNÁNDEZ CRUZ Y FRANCISCO HERRERA, acordando reglas en el proceso interno.
Así es, el aún edil, olvidando por completo su compromiso y el destino de sus representados, se frotaba las manos y se visionaba como sucesor de Andrés Granier, quien en ese mismo mes había hecho incapíe públicamente, en que él sí terminó su mandato constitucional para el que fue electo como alcalde. Pero, ese comentario tampoco le importó, mucho menos el cumplir con el mandato constitucional. MAGNIFICÓ SU INTERÉS PERSONAL, POLÍTICO Y ECONÓMICO, SOBRE EL INTERÉS SOCIAL DE SUS GOBERNADOS.
Posteriormente renunció a la Presidencia municipal, confirmándose lo consabido por todos, JAMÁS TUVO UN SANO INTERÉS DE VELAR POR EL BIENESTAR DE LAS FAMILIAS DE CENTRO. Curiosamente, es ese menosprecio a la Constitución lo que hoy en día lo tiene entrampado. De hecho, es el EXPEDIENTE 427/09/52, iniciado en el Tribunal de lo Contencioso y Administrativo, en contra del Ayuntamiento de la capital el estado y desahogado por la Magistrada LUZ MARÍA ARMENTA LEÓN, el documento que tiene nervioso a Jesús Alí y a sus asesores; sobre todo, ante la amenaza de Jaime Mier y Terán, de impugnar el proceso interno si las cosas no les son favorables.
Como se recordará la Magistrada Armenta declaró ilegales las licencias de construcción y los permisos de factibilidad de uso de suelo en el terreno del inmueble conocido como SPORT CITY, decretando en agosto del 2012 la demolición de dicho edificio y se ordenó el pago de los daños y perjuicio a los afectados. Ante esto Alí de la Torre y el dueño de la empresa JOSÉ ESPINOSA DE LOS MONTEROS, se ampararon ante el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito con sede en Cancún, Quintana Roo; sin embargo, este fue negado el 28 de marzo del 2011, ratificándose la orden de demolición.
En consecuencia “Chucho” Alí ordenó a un regidor solicitar la revisión del amparo; pero, el pasado viernes 18 de noviembre la petición fue sobreseída, dejando firme la resolución de la magistrada Armenta. AQUÍ VIENE LO INTERESANTE. Al no ocurrir la demolición del inmueble, un particular presentó una denuncia ante la PGR en contra de Alí de la Torre y los integrantes del Cabildo, presuntamente por cometer los delitos de obstrucción a la administración de justicia y falsedad de declaraciones.
Ahora bien, este delito se encuentra regulado por el Código Penal Federal en su artículo 225, en donde se señala: “Son delitos contra la administración de la justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes… VIII. Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia”, la sanción establecida es pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días de multas.
Pero, lo importante en este caso es que la Procuraduría tendrá que integrar el expediente de investigación, turnarlo ante el juzgado de distrito, para en su caso liberar una orden de presentación o aprensión en contra de quienes resulten responsable, para después iniciar la declaración preparatoria y se determine así la situación legal de los involucrados, declarando el auto de formal prisión, si hay elementos para ello.
De acuerdo a esto y a lo contemplado en la Constitución Política Mexicana, en su artículo 38 fracción, fracción segunda, los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden “por estar sujeto a un procedimiento criminal que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión”. ESTO ES, QUE EN EL CASO DE QUE SE IMPUSIERA A “CHUCHO” ALÍ COMO CANDIDATO DEL PRI A LA GUBERNATURA, ESTE PODRÍA SER INELEGIBLE CONSTITUCIONALMENTE, DEJANDO AL TRICOLOR SIN CANDIDATO EN PLENO PROCESO, TENIENDO QUE ECHAR MANO DE OTRO CUADRO POLÍTICO. Aquí un dato importante, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la nación, mediante contradicción de tesis con la jurisprudencia 1ª./J.171/2007, resolvió que si bien el artículo 46 del Código Penal Federal establece que los derechos políticos se pierden hasta la sentencia, estos DEBEN DECLARARSE SUSPENDIDOS DESDE EL DICTADO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. Como se observa, Jesús Alí es un cuadro INELEGIBLE, sopena de entrampar al PRI, tal y como habría sucedió con el ex Secretario de gobierno, Humberto Mayans. Y AUN HAY MAS. [email protected] http://elciudadanorubendario.blogspot.com/
Mayans sucumbió por crearse escenarios políticos electorales forzados, sostenidos por ríos y ríos de tinta; sin embargo, Alí de la Torre desvirtuó su aspiración desde el inicio mismo de su administración al frente del Ayuntamiento de Centro. De hecho, los ciudadanos capitalinos pudieron conocer el carácter del ex edil, gracias a su terquedad por construir el “Puente Bicentenario”, contraviniendo el sentimiento popular y la advertencia ecológica de varias Asociaciones Civiles. Entre sus pies se llevó también a la ciudadanía.
Para quienes lo dudan, un dato. El pasado 22 de diciembre, cuando la capital del estado estaba sumergida en una profunda CRISIS DE AGUA POTABLE, producto de una mala administración de este servicio y por la que más de 30 mil capitalinos despertaron si el servicio de este vital liquido; un problema que duró varios días, Jesús Alí había abandonado la responsabilidad para la cual fue electo.
¿Y, dónde estaba?. Simple, dejó el cargo de presidente municipal, por el que luchó con uñas y dientes dos años atrás para ir a la Ciudad de México, curiosamente en busca de otra candidatura –ahora para el gobierno estatal-. Ese día, cuando en los hogares de Centro la escases de agua hacia grandes estragos, “Chucho” Alí estaba reunido con las dirigencias nacionales y estatales, junto a LUIS FELIPE GRAHAM ZAPATA, GEORGINA TRUJILLO, EVARISTO HERNÁNDEZ CRUZ Y FRANCISCO HERRERA, acordando reglas en el proceso interno.
Así es, el aún edil, olvidando por completo su compromiso y el destino de sus representados, se frotaba las manos y se visionaba como sucesor de Andrés Granier, quien en ese mismo mes había hecho incapíe públicamente, en que él sí terminó su mandato constitucional para el que fue electo como alcalde. Pero, ese comentario tampoco le importó, mucho menos el cumplir con el mandato constitucional. MAGNIFICÓ SU INTERÉS PERSONAL, POLÍTICO Y ECONÓMICO, SOBRE EL INTERÉS SOCIAL DE SUS GOBERNADOS.
Posteriormente renunció a la Presidencia municipal, confirmándose lo consabido por todos, JAMÁS TUVO UN SANO INTERÉS DE VELAR POR EL BIENESTAR DE LAS FAMILIAS DE CENTRO. Curiosamente, es ese menosprecio a la Constitución lo que hoy en día lo tiene entrampado. De hecho, es el EXPEDIENTE 427/09/52, iniciado en el Tribunal de lo Contencioso y Administrativo, en contra del Ayuntamiento de la capital el estado y desahogado por la Magistrada LUZ MARÍA ARMENTA LEÓN, el documento que tiene nervioso a Jesús Alí y a sus asesores; sobre todo, ante la amenaza de Jaime Mier y Terán, de impugnar el proceso interno si las cosas no les son favorables.
Como se recordará la Magistrada Armenta declaró ilegales las licencias de construcción y los permisos de factibilidad de uso de suelo en el terreno del inmueble conocido como SPORT CITY, decretando en agosto del 2012 la demolición de dicho edificio y se ordenó el pago de los daños y perjuicio a los afectados. Ante esto Alí de la Torre y el dueño de la empresa JOSÉ ESPINOSA DE LOS MONTEROS, se ampararon ante el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito con sede en Cancún, Quintana Roo; sin embargo, este fue negado el 28 de marzo del 2011, ratificándose la orden de demolición.
En consecuencia “Chucho” Alí ordenó a un regidor solicitar la revisión del amparo; pero, el pasado viernes 18 de noviembre la petición fue sobreseída, dejando firme la resolución de la magistrada Armenta. AQUÍ VIENE LO INTERESANTE. Al no ocurrir la demolición del inmueble, un particular presentó una denuncia ante la PGR en contra de Alí de la Torre y los integrantes del Cabildo, presuntamente por cometer los delitos de obstrucción a la administración de justicia y falsedad de declaraciones.
Ahora bien, este delito se encuentra regulado por el Código Penal Federal en su artículo 225, en donde se señala: “Son delitos contra la administración de la justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes… VIII. Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia”, la sanción establecida es pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días de multas.
Pero, lo importante en este caso es que la Procuraduría tendrá que integrar el expediente de investigación, turnarlo ante el juzgado de distrito, para en su caso liberar una orden de presentación o aprensión en contra de quienes resulten responsable, para después iniciar la declaración preparatoria y se determine así la situación legal de los involucrados, declarando el auto de formal prisión, si hay elementos para ello.
De acuerdo a esto y a lo contemplado en la Constitución Política Mexicana, en su artículo 38 fracción, fracción segunda, los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden “por estar sujeto a un procedimiento criminal que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión”. ESTO ES, QUE EN EL CASO DE QUE SE IMPUSIERA A “CHUCHO” ALÍ COMO CANDIDATO DEL PRI A LA GUBERNATURA, ESTE PODRÍA SER INELEGIBLE CONSTITUCIONALMENTE, DEJANDO AL TRICOLOR SIN CANDIDATO EN PLENO PROCESO, TENIENDO QUE ECHAR MANO DE OTRO CUADRO POLÍTICO. Aquí un dato importante, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la nación, mediante contradicción de tesis con la jurisprudencia 1ª./J.171/2007, resolvió que si bien el artículo 46 del Código Penal Federal establece que los derechos políticos se pierden hasta la sentencia, estos DEBEN DECLARARSE SUSPENDIDOS DESDE EL DICTADO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. Como se observa, Jesús Alí es un cuadro INELEGIBLE, sopena de entrampar al PRI, tal y como habría sucedió con el ex Secretario de gobierno, Humberto Mayans. Y AUN HAY MAS. [email protected] http://elciudadanorubendario.blogspot.com/