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La Verdad del Sureste

Morena, resolución: un problema no de fondo

La decisión del tribunal no afecta a May Rodríguez para el Senado


El ocho de septiembre de 2017 inició el proceso electoral federal 2017-2018, por el que se renovarán los cargos de Presidencia de la República, Senadurías y Diputaciones. En Tabasco todos los partidos hicieron lo propio para seleccionar a sus candidatos a los puestos de elección popular.
    En el caso de Morena el 15 de noviembre de 2017, el Comité Ejecutivo Nacional emitió la convocatoria al proceso de selección de precandidatos para ser postulados en los procesos electorales federales y locales. Entre ellos la de senadores.
    Una vez cerrado el proceso, el 13 de diciembre de 2017, la Comisión Nacional de Elecciones de ese partido, emitió el Dictamen de selección de precandidatos a Senadores de la República por el principio de mayoría relativa en el que, entre otras cuestiones, menciona:
    “Que una vez realizada la revisión exhaustiva de la documentación que obra en los expedientes, calificados y valorando los perfiles de los aspirantes, arribó a la conclusión de que el trabajo político realizado por las y los registrados, que no fueron seleccionados, no es suficiente para ser considerados como perfiles idóneos que potencien adecuadamente la estrategia político electoral en la entidad de que se trate”. El escueto resolutivo sobre quien ganó, y quien perdió el proceso interno desató una lucha legal que aún no termina.
         Ante esta resolución interna, el 16 de diciembre de 2017, Diana del Carmen Calzada Sánchez, militante y Consejera Nacional y Estatal de Morena, promovió ante el TEPJF un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. Sin embargo, el TEPJF reencauzó el asunto a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido para que resolviera lo que en derecho correspondiera. La queja corresponde exclusivamente al lugar asignado a Mónica Fernández, y en ningún momento afecta a Javier May Rodríguez, de la segunda fórmula.
    El 16 de enero de 2018, Diana del Carmen Calzada Sánchez regresó al TEPJF inconformándose por la omisión en que incurría el órgano responsable de su partido, al no tramitar su recurso y no emitir la resolución.
    Como una coincidencia el 19 de enero de 2018, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia emitió un acuerdo en el que a criterio del órgano interno no había nada que revisar. Por ello el 23 de enero de 2018, Calzada Sánchez promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante el TEPJF a fin de impugnar la resolución emitida por Morena.
    Consecuentemente, el 8 de febrero pasado, la Sala Regional Xalapa resolvió dicho medio de impugnación y revocó el acuerdo del 19 de enero de 2018, emitido por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena. Por lo que tuvieron que revisar y resolver el 6 de marzo del presente año la queja de la militante Calzada, sin embargo, se declaraba válido el resolutivo impugnado. Es decir, los miembros de la Comisión solo le dieron la vuelta al asunto sin meterse a investigar.
    Ante esta nueva respuesta, el 11 de marzo del año en curso, Calzada Sánchez promovió otro juicio para la protección de sus derechos. En esta ocasión el TEPJF resolvió que el partido omitió señalar las razones por las que no aprobó su solicitud de registro como precandidata, así como aquellas que sustentan la procedencia de las solicitudes realizadas por Mónica Fernández Balboa y Odette Casandra Bedoy Gómez, quienes sí fueron designadas como precandidatas propietaria y suplente, respectivamente.
    El TEPJF invalidó el Dictamen sobre el proceso interno de selección de precandidatos/as a Senadores de la República por el principio de mayoría relativa del 13 de diciembre de 2017, correspondiente al proceso en el estado de Tabasco.
    En consecuencia, el 16 de marzo del presente se ordena a la Comisión Nacional de Elecciones que en el plazo de cuarenta y ocho horas, contadas a partir de la notificación de la resolución, emita una nueva determinación en la que de manera fundada y motivada se pronuncie en relación a la procedencia del registro de Diana  Calzada como precandidata a Senadora de la República por el principio de mayoría relativa en el estado de Tabasco. Es decir, el órgano interno de Morena deberá emitir un nuevo resolutivo en la que señala las razones por las que Diana Calzada no fue seleccionada, y sí Mónica Balboa. El problema es de forma, no de fondo, por lo que es poco el daño que se pueda hacer al proceso y a las personas ya elegidas.

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