También el trabajador petrolero siente, que existe ausencia de voluntad política del Gobierno de la 4 Transformación, para agilizar las denuncias de corrupción, lavado de dinero y uso de recursos de procedencia ilícita, que existen en contra del ‹›charrísimo sindical,›› esos que un día AMLO prometió erradicar y que interpuso la Unidad de Inteligencia Financiera ante la Fiscalía General de la Republica.
Este ciclo de impunidad y corrupción, que se está viviendo en la S.C.J.N. con la Ministra Presidente Norma Piña, demuestra posibles contubernios con la mafia en el poder que existe en la dirigencia del sindicato petrolero y que dirige Ricardo Aldana, ante la calma en la solución al Recurso de Amparo de Cesar Pecero Lozano.
Esta calma ha originado la indignación en la base trabajadora petrolera, que están pensando en bloquear avenidas, en la ciudad de México, así como el acceso a la entrada principal de la S.C.J.N., debido a la impunidad y al tortuguismo que está viviendo el recurso de amparo de Cesar Pecero, donde se confirmó que la dirigencia petrolera violo la L.F.T. los estatutos, el C.C.T.V. y el Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Pemex.
Ya Cesar Pecero demostró, el 17 de enero del 2022, su liderazgo y poder de convocatoria el día en que se inscribió como candidato a la secretaria general del S.T.P.R.M. a donde estuvo acompañado por más de 3 mil petroleros. Y el gremio petrolero está viendo cómo, la S.C.J.N. se encuentra en una severa crisis de credibilidad, de tortuguismo y negligencia, al estar aplazando las Audiencias Constitucionales de Cesar Pecero, y no ver, que el gremio petrolero fue víctima de una violación a sus derechos estatuarios, contractuales, y democráticos, y que, durante décadas, ha sido víctima de una dictadura y cacicazgo por la falta de Democracia que ha vivido las familias petroleras de México.
Pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación de alguna manera está violando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el Articulo 183 de la Ley de Amparo, donde se menciona que se cuenta con 90 días hábiles, para resolver un expediente. También viola el Artículo 17 de la Constitución, que señala que la Justicia debe de ser Pronta y Expedita. En fin.
