¿Y a mí qué?
No hace falta ser culpable para separarse del cargo
La presunción de inocencia es una garantía fundamental del Estado de derecho. Nadie debería ser tratado como culpable por una acusación, una investigación o un señalamiento público, por grave que parezca. La culpabilidad se acredita con pruebas, mediante el debido proceso y ante las autoridades competentes. Ese principio debe defenderse siempre, incluso cuando hacerlo resulte políticamente incómodo.
Pero defender la presunción de inocencia no obliga a defender la permanencia automática en el poder.
Los casos recientes de Rubén Rocha Moya y Enrique Inzunza permiten discutir una cuestión que suele confundirse deliberadamente en la vida pública mexicana: una cosa es determinar si alguien cometió un delito y otra preguntarnos si existen condiciones para que continúe ejerciendo un cargo mientras se esclarecen acusaciones de especial gravedad.
Rocha se separó temporalmente de la gubernatura de Sinaloa después de los señalamientos formulados en su contra desde Estados Unidos, mismos que ha rechazado. Tras más de tres meses de licencia decidió regresar al cargo el 21 de agosto. Su retorno duró alrededor de 34 horas. Después de cuestionamientos incluso dentro del oficialismo y de que la presidenta Claudia Sheinbaum calificara su decisión, “por decir lo menos”, como imprudente, solicitó nuevamente licencia por tiempo indefinido.
Esas 34 horas no prueban que el gobierno de Sinaloa se haya paralizado ni demuestran responsabilidad alguna de Rocha respecto de las acusaciones que enfrenta. Lo que sí permiten observar es algo mucho más sencillo: una persona puede estar jurídicamente habilitada para ejercer un cargo y, al mismo tiempo, enfrentar condiciones que hagan políticamente cuestionable su permanencia.
Ahí comienza la responsabilidad política. Una licencia no es una sentencia pero separarse temporalmente tampoco constituye una confesión. Un funcionario puede sostener su inocencia y, al mismo tiempo, considerar que la institución que representa no debe cargar con las consecuencias políticas de su defensa personal.
Esa distinción es importante porque durante años hemos convertido una frase jurídicamente correcta, “no existe sentencia”, en una respuesta que pretende clausurar cualquier discusión sobre responsabilidad pública. Pero son planos diferentes. La sentencia determina culpabilidad; la responsabilidad política obliga a preguntarnos si existen condiciones para seguir ejerciendo poder mientras esa culpabilidad o inocencia se esclarece. Tambien es un asunto de moral y de ética.
Por supuesto, tampoco podemos caer en el extremo contrario. Una denuncia no debe convertirse automáticamente en licencia y una acusación no puede funcionar como mecanismo alternativo para retirar del poder a quien resultó electo. Bastaría entonces fabricar señalamientos, filtrarlos a los medios y elevar suficientemente el costo político para intentar conseguir mediante presión lo que no se obtuvo en las urnas.
La responsabilidad política exige razones, no linchamientos. Por eso deben valorarse, entre otros elementos, la formalidad y consistencia de los señalamientos, su gravedad, su relación con las funciones desempeñadas, la existencia de investigaciones institucionales, la posibilidad de utilizar el cargo para interferir en ellas y las afectaciones que la permanencia pueda producir sobre la institución. No existe una fórmula matemática, pero tampoco puede reducirse todo a esperar durante años una sentencia definitiva.
Enrique Inzunza plantea otra arista de la misma discusión. El senador también enfrenta señalamientos que ha rechazado. Esta semana decidió separarse del grupo parlamentario de Morena y continuar ejerciendo su escaño sin pertenecer a esa bancada.
Su decisión no significa que acepte las acusaciones ni demuestra que deba abandonar automáticamente el Senado. Pero abre una pregunta legítima: si considera conveniente separar su situación personal del costo político que pudiera representar para su partido, ¿corresponde discutir también si esa situación genera consecuencias para la institución pública que representa?
Discutirlo no es condenarlo. Ese es precisamente el problema que deberíamos aprender a resolver sin convertir cada caso en una batalla partidista.
Cuando el señalado pertenece al adversario, aparecen rápidamente las exigencias de renuncia, licencia y castigo. Cuando pertenece al propio grupo, reaparecen la presunción de inocencia, el debido proceso y la necesidad de esperar una sentencia. El principio cambia dependiendo de quién ocupa el banquillo de la conversación pública.
Y un principio que solamente aplicamos al contrario deja de ser principio. No podemos exigir que un adversario se separe del cargo ante una acusación grave y, frente a circunstancias equivalentes, sostener que un aliado debe permanecer hasta que exista sentencia definitiva. La responsabilidad política únicamente tiene sentido si estamos dispuestos a exigirla con el mismo estándar a quienes apoyamos y a quienes cuestionamos.
También debemos distinguir algo fundamental: exigir, decidir y remover no son lo mismo.
La ciudadanía, los partidos y otros actores políticos pueden exigir una separación cuando consideran que existen razones suficientes. Quien ejerce el cargo puede decidir solicitar licencia o renunciar. Pero remover a una autoridad contra su voluntad pertenece a otro terreno: requiere fundamento, competencia y los procedimientos establecidos por el orden jurídico.
Que la presión política no tenga por sí misma facultades para destituir a alguien no significa que la sociedad deba guardar silencio hasta que exista sentencia.
¿Y qué sucede cuando un funcionario decide permanecer pese a los cuestionamientos? La responsabilidad política puede traducirse en pérdida de respaldo, ruptura con su partido, dificultades para construir acuerdos o deterioro de las condiciones de gobernabilidad. Pero esas consecuencias tampoco fabrican automáticamente una causa jurídica para removerlo. Si se actualizan los supuestos constitucionales o legales correspondientes, deberán actuar las autoridades competentes. Si no existen, la presión pública no puede inventarlos.
Ese límite protege también a la democracia. El reto consiste precisamente en sostener simultáneamente dos ideas que parecen enfrentadas, pero no deberían hacerlo: nadie debe ser condenado sin pruebas y ningún servidor público debería utilizar la ausencia de una sentencia como respuesta suficiente ante cualquier crisis política que comprometa a la institución que representa.
Rocha e Inzunza son hoy los nombres de esta discusión. Mañana serán otros. Por eso el estándar que construyamos no debería depender de lo que pensemos de ellos, de Morena o de cualquier otro partido. Debe servir exactamente igual cuando cambien los protagonistas.
La responsabilidad política tiene un costo precisamente porque exige decisiones antes de que un tribunal determine responsabilidades definitivas. Separarse temporalmente puede ser una de ellas. No porque quien lo haga reconozca culpabilidad, sino porque entiende que el cargo pertenece a la esfera pública y su defensa corresponde a la esfera personal.
Incluso alguien que posteriormente resulte completamente inocente puede haber tomado una decisión institucionalmente responsable al separarse mientras se esclarecían los hechos. Y si las acusaciones finalmente carecen de sustento, habrá defendido su nombre sin convertir el cargo en la trinchera desde la cual hacerlo.
Aquí termina el texto, pero empieza tu reflexión. Defender la presunción de inocencia no significa defender la permanencia automática en el poder. Tampoco exigir responsabilidad política significa condenar anticipadamente. Una democracia madura debe ser capaz de hacer ambas cosas: proteger los derechos de quien es señalado y proteger a las instituciones que temporalmente representa. Porque la responsabilidad política comienza precisamente cuando dejamos de aceptar que, mientras no exista sentencia, aquí no pasa nada.